Bucaram dijo que se consultará a Zambrano, Macías Carmigniani, Macías Hurtado y Villavicencio.

El presidente de la República, Lucio Gutiérrez, aún no dispone la conformación de la comisión jurídica que analizará las resoluciones de amparo constitucional emitidas por los jueces Primero de lo Penal de Pichincha (Miguel Cahuasquí) y Cuarto de lo Civil de Esmeraldas (Omar Mina), a favor del ex mandatario Abdalá Bucaram, según sostuvo ayer el asesor jurídico de la Presidencia, Carlos Larrea.

El funcionario aclaró que las resoluciones que tome el grupo de juristas que se nombre para asesorar al Primer Mandatario, no tendrían ningún valor legal en los procesos y por ende no habría interferencia en la Función Judicial.

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Ayer, en rueda de prensa desde Panamá, el líder del PRE, Abdalá Bucaram, indicó que la comisión debe integrarse en el lapso de quince días, conforme se estableció en la conversación que mantuvo la madrugada del pasado miércoles con Gutiérrez.

El ex mandatario señaló que entre los juristas a consultarse constan Miguel Macías Carmigniani, ex abogado de la AGD; Miguel Macías Hurtado, ex presidente de la Corte Suprema de Justicia; Alfonso Zambrano Pasquel, uno de los abogados de los ex accionistas de Filanbanco; y Carlos Villavicencio.

Bucaram habló de una “comisión de la verdad, con sentido moral”, que investigaría y analizaría el caso de su “ilegal destitución”, tal como lo hizo la Organización de Estados Americanos (OEA) en el caso de Iraq.

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El líder del PRE enfatizó que él y su partido no intervendrán en la nominación de la comisión, que podría conformarse, sin ningún problema, con algún jurista del PSC.

Aclaró que la próxima semana (martes o miércoles) dará a conocer con certeza, por medio de cadena Nacional de radio y televisión, los pormenores de la conformación del grupo y el nombre de sus integrantes.

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En ese espacio, dijo, entregará además las pruebas “que demuestran la existencia del tráfico internacional de drogas en donde estuvo inmerso León Febres-Cordero y su yerno Miguel Orellana, lo que implicaría un enjuiciamiento penal en contra del diputado del Partido Social Cristiano”.

Niegan convocatoria
El jurista Miguel Macías Carmigniani negó ayer a este Diario que alguna persona del PRE o del Gobierno lo haya llamado para pedirle que forme parte del grupo.

El experto enfatizó que de ser requerido “lo pensaría porque creo que eso no va a tener ningún resultado práctico, sino el de instruir y en mi caso, tendría que decirle al Presidente que un recurso de amparo no puede cambiar una orden de prisión ni reformar una sentencia que se dicta en un proceso”.

“Si Lucio Gutiérrez, sobre la base de la resolución que tome esta comisión, mañana desconoce la orden de prisión dictada en contra de Abdalá Bucaram, se estaría metiendo en problemas, porque allí sí lo van a llevar al Congreso, le iniciarán un juicio político y lo van a destituir, porque habría una clarísima interferencia en la Función Judicial”, dijo Macías Carmigniani.

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Zambrano también rechazó la legalidad de las opiniones que puedan sostener los integrantes de la comisión, por cuanto dijo no tendrían un efecto vinculante y obligatorio. El jurista piensa que el Presidente tiene derecho de solicitar la opinión autorizada de personas que conozcan del tema. “No se trata de una intromisión en la Función Judicial, porque solo tiene un valor de opinión”, expresó Zambrano, quien no descartó su participación en la comisión, en caso de ser requerido.
Zambrano adelantó como criterio que la destitución de Bucaram, por incapacidad mental “fue un acto de barbarie jurídica, en donde se violaron procedimientos constitucionales”.

La Ley
Amparos
Según la Constitución Política del Ecuador, emitida el 11 de agosto de 1998, no serán susceptibles de acción de amparo las decisiones de los jueces adoptadas en un proceso.

Independencia
El artículo 199 de la Carta Magna establece la independencia de la Función Judicial.

Juicio Político
Una de las causales establecidas en el art. 130 de la Constitución para instaurar un juicio político al Presidente de la República, es el desconocimiento de las resoluciones de la justicia.