El texto del veto que fue remitido al Parlamento el jueves pasado, incluye una observación al artículo 13 de la ley, para incorporar un literal que disponga que “la remuneración mensual unificada del alcalde, es decir la totalidad de sus ingresos, no podrá ser igual o mayor a la que percibe el primer mandatario (actualmente de 8.400 dólares)”.

La idea es que en materia salarial, los funcionarios del nivel jerárquico superior estén regidos por la Ley Orgánica de Servicio Civil, Carrera Administrativa, Unificación y Remuneraciones del sector público.

También se establece una disposición para que las dietas de los concejales no excedan del 35% de la remuneración unificada del alcalde. Ambas sugerencias son parte de un paquete de 17 observaciones de fondo y forma que el Gobierno hace al texto.

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Entre esas observaciones está una negativa a la intención de los municipios de quedarse con el 10% de la recaudación de tributos que realizan al amparo de convenios con entidades del Estado. “Técnicamente no es conveniente fijar porcentajes que requieren de un estudio de factibilidad de los ingresos del Gobierno y de los propios municipios”, dice el Ejecutivo, que propone que en cada convenio se establezca un porcentaje específico de participación.

El régimen tampoco está de acuerdo con un inciso del artículo 7, que obliga al Estado a entregar a los municipios el 15% del presupuesto del Estado. La sugerencia es que en el texto se aclare que el 15% debe transferirlo el Ministerio de Economía a los municipios, en cuotas mensuales calculadas sobre la base de los ingresos corrientes totales del presupuesto general.

Otra observación registrada es para el texto del artículo 2, en el que se establece la capacidad de los municipios para fusionarse. El Ejecutivo cree que es mejor hablar de asociación y no de fusión, y considera que debe suprimirse la disposición sobre los tributos o rentas que se les asignará a los municipios que resulten de la asociación de dos o más cantones. “La reforma conlleva la obligación de que el Ministerio de Economía ubique recursos adicionales a favor del cantón que resulte de una fusión, lo que no es posible porque la asociación no genera tributos ni rentas adicionales”, dice el Ejecutivo.

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