¿Qué sanción debe existir por abusos de autoridad, viajes familiares de placer, nepotismo, uso de dineros y vehículos del Estado, entre otros?

Todas estas conductas criminosas están subsumidas con el delito tipo de peculado, sancionado en el Código Penal, con reclusión mayor ordinaria de cuatro a ocho años, en concordancia con el inciso segundo del artículo 121 de la Constitución, en que se consigna que el peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito (pena accesoria) son imprescriptibles.

En estos casos, los juicios se inician mediante instrucción fiscal y se sustancian en ausencia del o los imputados. Estas normas también se aplican a quienes participan en estos delitos (familiares), aunque no tengan calidad de funcionarios públicos.

Ab. Eduardo Sánchez R.
Guayaquil

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El abuso de los bienes del Estado constituye una forma delictiva muy extendida desde el surgimiento de la democracia.

En el nuevo texto constitucional (artículo 121) se establece la imprescriptibilidad de la acción y pena por delitos cometidos contra los fondos públicos; pero los resultados no han sido satisfactorios, pues la mayoría de los procesos penales iniciados, no han tenido una sentencia condenatoria.

Algo similar pasa con la inaplicabilidad del reglamento expedido por la Contraloría (año 1993) que establece responsabilidades que van hasta la destitución del funcionario que use vehículos oficiales y del Estado, indebidamente.

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A pesar de que el nepotismo es prohibido por la Constitución y la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa, en el país ha adquirido proporciones monstruosas por la preferencia desmedida de empleos públicos y concesiones estatales, en parientes o correligionarios de políticos; por lo cual Transparencia Internacional, entidad fundada en 1993 con sede en Berlín, lo considera problema no resuelto.

Ab. Xavier León
Guayaquil

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¿Cómo calificar al Gobierno de corrupto, si nosotros realizamos corrupción en la mayor parte de nuestros actos?

Hay tantos inmorales en esta sociedad porque nosotros mismos no educamos, ni dejamos que nos eduquen. Existe demagogia e intereses creados porque nosotros mismos los elegimos por sus mentiras e ingenuidad de nuestro intelecto.

Nosotros mismos hemos olvidado a Dios Todopoderoso, porque no protestamos por el cambio.

Todas estas actividades erróneas las permitimos, por lo tanto los únicos culpables de que el país se encuentre mal y no progrese somos nosotros, el pueblo; ¡hasta cuándo!

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Ing. José Inca Véliz
Guayaquil
Todos y cada uno de estos abusos deben y tienen que ser sancionados porque incurren en desacato, es decir en falta de respeto a las leyes, aunque las nuestras sean inicuas, y esos actos se repitan una y otra vez.

Pero, ¿el Congreso tiene autoridad moral para ser juez de pulcritud? ¿Quién le puede exigir el cumplimiento del deber? Solo en sueldos no devengados de un mes, significan para el Estado diez viajes a las islas Galápagos.

Está en manos del Tribunal Constitucional y el Control Cívico de la Corrupción, investigar y sancionar a todo ciudadano, por copete que tenga, que vaya contra el dispendio de los dineros del Estado.

Raúl Saavedra
Guayaquil

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