Hay sanciones para las personas que no respeten las normas de tránsito y cometan contravenciones.

Hace dos años un anciano murió atropellado al intentar cruzar la Av. Kennedy, a la altura del colegio Las Mercedarias, en cuyo sector existe un paso peatonal que nunca utilizó.

Su caso se tramitó en el juzgado Tercero de Tránsito, en el juicio Nº 76-2000. La sentencia fue de un año y medio, por cuanto durante la investigación se comprobó que el peatón tuvo mucho de culpa, pues su obligación era usar el paso que está ubicado en la zona. Para la sanción, según el juez César Hermidas, quien llevó el caso, también se tomó en cuenta el exceso de velocidad en que circulaba el vehículo. “Si la culpa hubiese sido toda del conductor, la pena debió ser de 5 años”, aclaró el funcionario.

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La Ley de Tránsito y Transporte Terrestre establecen obligaciones y prohibiciones para los peatones.

Ellos deben circular por los sitios señalados para su seguridad, según lo contempla el primer numeral del artículo 70, título III del Reglamento de la Ley.

La norma contempla también la obligatoriedad de respetar las señales de tránsito, que incluyen las zonas peatonales demarcadas.

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Estas exigencias van de la mano con las prohibiciones, tipificadas en el art. 73 del mismo cuerpo legal, en donde se establece que los ciudadanos deben utilizar los puentes o pasos peatonales ubicados en la vía pública.

Está prohibido cruzar las avenidas por sitios que no sean los señalados (media calle), hacerlo en forma diagonal o de manera intempestiva.

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Los peatones tampoco pueden bajar abruptamente la acera, viajar sujetado de los estribos de los buses o cruzar la vía corriendo.

Su incumplimiento lo castiga el artículo 82, cuando estipula que “si el responsable de un accidente es el peatón, este será sancionado con las penas previstas en la Ley de Tránsito, pero rebajadas de un tercio a la mitad”.

El juez César Hermida explicó que la pena depende también de las circunstancias que rodean el hecho, por lo que en algunas ocasiones se puede absolver al conductor, cuando se compruebe que no existe en él responsabilidad.

Así, la pena para el peatón existe, pero no todos la conocen. Carlos Morales, juez Quinto de Tránsito, dijo que hace falta una cultura vial, para lo que es necesario que se cumpla con la fase educativa en los establecimientos públicos y privados. La juez Cuarta, Cecilia Lofredo, habló de educación al peatón y capacitación al conductor.

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CIFRAS
ACCIDENTES
Desde enero a abril del 2004, la Comisión de Tránsito del Guayas registra 48 accidentes con muerte del conductor.

En ese lapso también se contabilizaron 147 detenciones a choferes ebrios.

VEHÍCULOS
Los automotores que más registran accidentes son los particulares.

FUGAS
Según estadística de los juzgados de Tránsito del Guayas, el 60% de los conductores que se ven inmersos en accidentes se fuga y deja abandonado el vehículo.