La Constitución Política de la República garantiza el derecho a la salud, seguridad alimentaria, provisión de servicios básicos, fomento de ambientes saludables, acceso a servicios de salud, conforme a los principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidad y eficiencia.

La Ley de Régimen Municipal y la Ley de Descentralización establecen en su Art. 9 literal a) como responsabilidad municipal, la planificación y formación de redes de atención en salud, motivo para que se conformara estatutariamente el Consejo de Salud del cantón Santa Elena, cuya misión es garantizar servicios de excelencia integrales e integrados de salud, agua potable y saneamiento ambiental, accesible a todos los sectores del cantón.

La organización de una red de servicios integrales o integrados de salud públicos y privados que permita el acceso a servicios de salud de calidad, equitativos, eficientes y sostenibles, con el fin de disminuir los índices de morbi-mortalidad. Pero no hay resultado, es decir, se han quedado de grado Cosase y la Municipalidad de Santa Elena.

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Hace poco tiempo vimos con buenos ojos la presencia de un Centro Móvil de Atención Médica, que serviría a la zona urbana marginal, recintos y lugares apartados del cantón, pero lamentamos que no cumplió la función de móvil, y fue remolcado a las bodegas municipales, para que posiblemente “descanse”. Ojalá en próximas campañas electorales pueda salir de su agonía.

Hugo Rodríguez Reyes
Santa Elena