La Corte Interamericana decide, después de un proceso, si existió o no una violación de Derechos Humanos.

1.- Una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exige dos requisitos:
Que se hayan agotado los recursos legales internos.
Que existan presunciones de violación a la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

2.- La demanda debe presentarse ante la CIDH, Sus siete miembros que se reœnen dos o más veces al año y su sede es en Washington.

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3.- Si la comisión da trámite a la demanda, se envía una carta al Estado demandado. Este tiene 90 días para responder. Si el Estado contesta y presenta sus observaciones, el denunciante tiene otros 30 días para pronunciarse. Si el Estado no contesta, la Comisión puede declarar como verdaderos los hechos denunciados.

4.- La CIDH analiza el caso y puede llamar a una audiencia.

5.- Después envía sus resoluciones a los Estados; si no los cumple, hay dos opciones:
Se publica el caso en el informe anual de la CIDH.
Se envía el caso a la Corte Interamericana.

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6.- Se realizan nuevas audiencias y en un tiempo promedio de un año se llega a una sentencia. En caso de haber condena, se abre la etapa
de reparaciones morales e indemnizaciones.