El acceso a la información de los sindicatos de trabajadores fue un tema polémico en el debate.

Cualquier ciudadano ecuatoriano podrá solicitar y ejercer el derecho de acceso a la información que esté en poder de las instituciones, organismos o entidades estatales y personas jurídicas de derecho público y privado, según lo definió ayer el Congreso al aprobar tres de los 25 artículos del proyecto de Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

El debate se abrió a las 09h45 y a las 11h00 se estancó cuando el presidente del Congreso, Guillermo Landázuri (ID), ordenó la votación del primer artículo que se refería al principio de publicidad de la información pública, cuyo texto original fue negado con 44 votos de 58 presentes.

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No consignaron su voto los diputados socialcristianos, quienes reclamaban a los socialistas y emepedistas que se incluyera en el texto a las organizaciones de trabajadores y servidores públicos, universidades y organizaciones no gubernamentales, como entidades sometidas al principio de publicidad de toda la información que generen.

El impasse se superó a los 20 minutos cuando se presentó una nueva redacción del documento con el visto bueno del PSE y MPD, donde se dio paso a que en el primer artículo se incluya a los sindicatos, organizaciones gremiales que forman los trabajadores o empleados públicos. El texto recibió el respaldo de 72 votos de 75 de todas las bancadas.

En la sesión, los diputados Xavier Sandoval (PSC); Víctor Granda (PSE); Ramiro Rivera (DP); Wilfrido Lucero (ID) y Luis Felipe Vizcaíno (IND) fueron los que generaron el diálogo para poder consensuar los textos definitivos.

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Ese mismo grupo de diputados definió la redacción del artículo 2 donde se establece que la ley garantiza y norma el ejercicio del derecho fundamental de la información conforme lo señala la Constitución, el pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos e instrumentos internacionales vigentes.

Fiscalización
Pretende además cumplir con lo referente a la publicidad, transparencia y rendición de cuentas a que están sometidas todas las instituciones que conforman el sector público, dignatarios, autoridades y funcionarios, incluidos los representantes de las universidades, sindicatos y ONG.

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Con esta ley, según lo aprobado, se permite la fiscalización de la administración pública y de los recursos estatales; permite la participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general; y finalmente, protege la información personal en poder del sector público o privado.

La sesión no se cerró sino hasta que los diputados definieron el ámbito de aplicación de ley. Ese artículo también recibió el respaldo de los 72 votos y se determinó que la ley se aplicará a todas las instituciones y organismos que conforman el sector público, las personas jurídicas cuyas acciones o participaciones pertenezcan al Estado, exclusivamente sobre el destino y manejo de recursos.

Además, se determinó que el derecho de acceso de la información de los diputados se rige conforme a la Constitución, a la Ley Orgánica de la Función Legislativa y el reglamento interno. Este artículo fue incluido por el PSC.  En la sesión de las 16h00 el debate se suspendió para el próximo martes.