Los extranjeros afectados por el atentado del pasado 11 de marzo en Madrid podrán solicitar la nacionalidad española en los seis meses siguientes a la fecha en que se produjo el ataque.

Así lo señala un Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado, que entró ayer en vigor.

Según esta normativa, se entienden por víctimas “los heridos en dichos atentados, así como el cónyuge, los descendientes y los ascendientes –en ambos casos, en primer grado de consanguinidad–, de los fallecidos”.

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Pocas horas después de los atentados de Madrid, los más graves de la historia de España, el presidente del Gobierno, José María Aznar, anunció que había ordenado que “se proceda a la regularización de todas las víctimas, y sus familias, que pudieran encontrarse en situación irregular en su condición de inmigrantes”.

Aznar, presidente del Gobierno en funciones, tras el triunfo del Partido Socialista (PSOE) en las legislativas del pasado día 14, informó además de que el Gobierno concederá la nacionalidad española a dichas víctimas y a los familiares que lo soliciten.

Los interesados podrán presentar la solicitud directamente en el Ministerio de Justicia o bien en los Registros Civiles Consulares, aportando la documentación que justifique su condición de víctima del atentado debidamente acreditada por el Ministerio del Interior.

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Los atentados, perpetrados mediante la colocación de explosivos en cuatro trenes que se dirigían repletos de viajeros a Madrid, marcaron también a otros doce países con nacionales entre las víctimas.

Se trata de Colombia, Chile, Cuba, Perú, Ecuador, Honduras, Polonia, Marruecos, Francia, Guinea Bissau, la República Dominicana y Rumania.

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Por otra parte, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid informó ayer que el número de heridos ingresados en los hospitales de Madrid cuando ya han transcurrido once días del atentado al sistema ferroviario asciende a 158.