Los empresarios del sector privado nacional deben entregar el 15% de sus utilidades, logradas en el 2003, a sus empleados hasta el 15 de abril próximo, según lo establece el reglamento laboral.

El 15% de las ganancias se distribuirá de la siguiente forma: el 10% debe repartirse entre todos los empleados en cantidades iguales y el 5% para las cargas familiares que tengan registradas.

Se considerarán como cargas familiares a los hijos menores de 18 años, hijos discapacitados de cualquier edad, y al cónyuge o conviviente (hombre o mujer) que no se encuentren realizando alguna actividad remunerada.

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El reglamento laboral que determina la forma de pago de estos beneficios establece que si el hijo hubiere nacido o fallecido en el lapso comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del año en el que el patrono reporta utilidades, el trabajador percibirá el 5% de forma íntegra.

Este mismo trato se dará en los casos de que el hijo cumpla la mayoría de edad en el tiempo señalado.

El 15 de abril próximo también vence el plazo para entregar el bono educativo o decimocuarto sueldo a los empleados públicos y privados de la región Costa e Insular. Este beneficio será este año de 135,62 dólares, el año pasado era de 121,91 dólares.

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Este sueldo aumentó debido a que la remuneración básica unificada (sueldo básico) se elevó por el proceso de unificación de todas las cifras que componen el salario de los empleados privados, que ejecuta el Gobierno.

Para los empleados de la Sierra y Amazonia  el décimo se debe cancelar en septiembre próximo.

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LO QUE USTED DEBE SABER
¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con el monto que reciba?
Cualquier reclamo del trabajador con respecto al reparto del 10% de utilidades, debe efectuarse, por escrito, a las inspectorías de Trabajo de cada provincia o a las direcciones regionales de Trabajo según su jurisdicción.

En la empresa donde trabajo no me han dado utilidades en  5 años, ¿me darán ahora?
Eso dependerá del reporte de ganancias o pérdidas que realice el dueño de la compañía ante el Servicio de Rentas Internas (SRI).

¿Qué puedo hacer con el dinero que me den?
Lo recomendable es que los usuarios no gasten sus recursos en bienes de consumo como carros, electrodomésticos, ropa y otros. Es preferible que cancelen sus deudas o que hagan inversiones como por ejemplo, iniciar un pequeño negocio.

Soy empleado del sector público ¿recibiré utilidades y el décimo cuarto sueldo?
No recibirá utilidades porque no está contemplado en las leyes y las empresas estatales.

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Sin embargo, los servidores públicos sí son beneficiarios del decimocuarto sueldo.
 
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