El 16 de febrero de 1994, hace diez años, EL UNIVERSO publicó mi artículo ‘¿Necesitamos tesis doctorales?’, donde afirmé que nuestra colectividad las requería, urgida de soluciones a sus problemas y conflictos, y expresé: “Hay tantos vacíos que llenar y errores que corregir”, refiriéndome a cuestiones jurídicas.

Esto recordé durante la elaboración de la tesis doctoral del abogado Iván Castro Patiño, que me cupo dirigir: La inconstitucionalidad por omisión: una reforma necesaria en la Constitución ecuatoriana. El tema tratado y desarrollado por el doctor Castro no solo es un asunto de actualidad, sino que exige urgente atención de todos nosotros.

La ruptura o violación de la Constitución puede ser por acción u omisión, y en el segundo caso no hay forma jurídica de coaccionar para que se subsane.

Seis ejemplos de este tipo de incumplimientos constitucionales nos ponen de cara a la realidad y demuestran la impotencia de los ciudadanos, ante la inacción de los legisladores, gobernantes y funcionarios públicos.

- El Presidente de la República en el momento de su posesión debió presentar su plan de gobierno con los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones a desarrollar.

- Todos los magistrados y jueces que dependen de la Función Ejecutiva ya debieron pasar a la Función Judicial, incluyendo los militares y policiales.

- El plazo para que el sistema oral rija en los procedimientos judiciales venció el 11 de agosto del 2002.

- Los derechos y garantías vigentes no se aplican directa e inmediatamente por y ante cualquier juez, tribunal o autoridad.

- No se ha legislado sobre el servicio civil a la comunidad que debe realizar el ciudadano que invoque objeción de conciencia para no realizar el servicio militar obligatorio.

- Consejos provinciales, municipalidades y juntas parroquiales, salvo excepciones, no generan sus propios recursos financieros y dependen de las rentas del Estado.

Reconociendo que hay omisiones absolutas y relativas, formales y materiales, por mora o por negación, evitables e inevitables y luego de analizar nuestra realidad y revisar lo que ocurre en otros países, el autor propone una solución: radicar la competencia para conocer y resolver las transgresiones a la Constitución por omisión en el Tribunal Constitucional y dotar a los ciudadanos del derecho a demandarla.

No sé cuándo se publique la referida tesis doctoral, pero estimo que el debate sobre la inconstitucionalidad por omisión debe comenzar ya y por eso lo propongo.

Debemos exigir un sistema jurídico que subsane las rupturas de la Constitución, que niegan el ejercicio de los derechos y burlan las justas expectativas de los ciudadanos.

¿Le gustaría que así sea y que, además, se sancione a quienes violan la Constitución por omisión? ¿Sería tan amable en darme su opinión?