Ayer se registró otra amenaza durante un enlace de decenas de radios latinoamericanas.

La Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) no tiene facultad para quitar la frecuencia a ninguno de sus miembros, y cualquier sanción que pueda imponer a Radio La Luna está relacionada con los estatutos internos de la institución.

Este fue el criterio que expresaron ayer tres radiodifusores entrevistados por EL UNIVERSO, en relación al análisis que realiza AER sobre el contenido de un programa de La Luna, que se transmitió el pasado 13 de diciembre, tras la detención del dirigente indígena Humberto Cholango.

Nicolás Vega, presidente del Tribunal de Honor del núcleo Pichincha, destacó que el gremio defiende la libertad de expresión y que la única razón legal por la que se puede cancelar la frecuencia es por atentar a la seguridad nacional.

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Confirmó que el Consejo Nacional de Radio y Televisión (Conartel) envió una carta a AER para que analice el contenido del mencionado programa.

El tribunal que preside citó al director de la radio, Francisco Velasco, el pasado miércoles. “Estamos haciendo el análisis correspondiente, y ese informe se enviará al directorio de AER y si lo ratifica, comunicaremos el resultado”, dijo Vega.

Añadió, que se analizará si Velasco infringió el Código de Ética del gremio, el que dispone que “al comentar, (el locutor) ha de evitar ofender las creencias ajenas, fomentar los prejuicios de clase, raza y religión y tendrá que ser ecuánime e imparcial”.

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Los reglamentos de AER disponen varias sanciones, explicó Jorge Aguilar, ex presidente del gremio; y van desde una amonestación verbal hasta la expulsión de la Asociación, pasando por la suspensión del profesional de hasta tres meses.

Cualquiera que sea la sanción, en caso de que así lo recomiende el informe, Velasco siempre podrá apelar a la directiva de AER Nacional.

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Édgar Yánez, ex titular de AER y bajo cuya presidencia se aprobó el Código de Ética, enfatizó que los principios de radiodifusión internacionales son claros: la responsabilidad por el abuso de la libertad de expresión de pensamiento es personal y la sanción por un supuesto abuso corresponde solo a la Función Judicial, explicó Yánez.

Tanto Vega como Aguilar consideraron correcto que el Conartel presente este pedido de análisis a la AER.

La ley dice que el tema de contenido se trata de acuerdo al código de ética de los gremios, destacó Vega al asegurar que la Asociación no ha recibido ninguna presión.

La secretaria de Comunicación de la Presidencia de la República, Yolanda Torres, afirmó, el miércoles pasado, que no es intención del régimen quitarle la frecuencia a La Luna, aunque consideró que “hay excesos de las expresiones del señor Velasco en esa radio”.

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Un grupo que reunió, aproximadamente, a 150 representantes de radios populares y comunitarias, reunidas en Panamá, suscribieron ayer un documento de respaldo a la emisora capitalina.

Luis Dávila, secretario de la Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica (ALER) y ex directivo de Radio La Luna, difundió ayer la resolución del grupo de radios en medio de un programa que enlaza a decenas de estaciones latinoamericanas.

Durante la transmisión, ALER llamó a Ernesto Lamas, coordinador de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc), quien escuchó -en una interferencia- la voz de una mujer que le dijo: “Esto no es ALER, ya van a ver lo qué les pasa”.

José Arévalo, miembro de ALER, explicó en Quito que no había ocurrido antes algo parecido. “Nos quedan dudas”.

LO QUE DICE LA LEY
La Ley de Radiodifusión y Televisión
El artículo 67 contempla que la concesión de la frecuencia de un canal o emisora puede terminar por diez razones, que van desde la mora en el pago del arrendamiento hasta la reincidencia en fallas técnicas.

Dos literales del artículo 67 se refieren al contenido de la transmisión:

h) Por violación del literal i) del artículo 58; y

j) Por incumplimiento al literal e) del artículo 58 de la Ley de Radiodifusión y Televisión.

Estos literales del mencionado artículo son:

i) Recibir subvenciones económicas de gobiernos, entidades gubernamentales o particulares y personas extranjeras, con fines de proselitismo político o que atenten contra la seguridad nacional.

e) Transmitir noticias, basadas en supuestos, que puedan producir perjuicio o conmociones sociales o públicas.