Comienzo por decir que el asunto es impopular y dañino para los demandantes porque, casi por inclinación natural, la gente se alinea con el más débil.

En el Congreso Nacional se producen muchos enredos y el caso Haro es uno de ellos. Los debates de esta semana no resolvieron nada y más bien complicaron el desenlace.

Comienzo por decir que el asunto es impopular y dañino para los demandantes porque, casi por inclinación natural, la gente se alinea con el más débil, y lo que aparece aquí a la luz del entendimiento común, es que dos de los poderes reales del país –el Gobierno y las Fuerzas Armadas– están descargando todas sus energías contra un ciudadano que lo que ha hecho es tratar de desvelar manejos oscuros de algunos miembros de la institución uniformada.

Ese afán, per se, no debería ser mal visto porque puede haber pecadores dentro de las Fuerzas Armadas, como lo demuestra un artículo aparecido en el último número de la revista Vistazo cuando narra que “el 27 de mayo del 2002 el juez vigésimo tercero de lo Civil de Pichincha ordenó que la Comandancia General del Ejército pague 2,2 millones de dólares, equivalentes al precio de un helicóptero Puma”, a la compañía aseguradora El Fénix del Ecuador por cuanto el asegurado dolosamente indujo a error al asegurador al notificarle un inexistente siniestro.

Queda claro entonces que dentro de las Fuerzas Armadas puede haber miembros que no actúan correctamente, como debe quedar claro también que eso no le da derecho al diputado Haro para hacer afirmaciones que no puede comprobar y que lo tienen ahora en el ojo de la tormenta.

Las Fuerzas Armadas, al sentirse ofendidas, han iniciado una acción contra Haro, para proseguir la cual el Presidente del Congreso, de acuerdo con la Constitución, ha pedido autorización al Congreso. Hasta aquí los hechos.

En cuanto al derecho, tengo para mí que el diputado Haro va a ser enjuiciado porque el Congreso Nacional no se ha pronunciado –ni se pronunciará hasta el 31 de enero– si autoriza o no el inicio de una causa penal contra el legislador, lo que quiere decir que deberá aplicarse la disposición constitucional que dice que “si la solicitud en que el juez competente hubiere pedido autorización para el enjuiciamiento no fuere contestada en el plazo de treinta días, se la entenderá concedida”.

Tal vez fue una gran ingenuidad de los colegas solidarios con Guillermo Haro haber resuelto simplemente devolver a la Corte Suprema su pedido sin decidir sobre lo principal, lo que hace presumir que la suerte del diputado está echada. Además, para quienes querían el levantamiento de la inmunidad les resultó, sin planificarlo, una jugada maestra, porque habrá enjuiciamiento sin que ellos ni siquiera se hayan despeinado.