La Comisión Europea (CE) adoptó el viernes pasado un reglamento que por primera vez establece en la comunidad una lista de objetos prohibidos a bordo de los aviones de transporte de pasajeros.

El primer objetivo de esta reglamentación es indicar de forma muy precisa a los pasajeros que embarquen en los aeropuertos de países de la UE, los objetos que les serán confiscados por seguridad.

“Se trata de una nueva etapa en la política, destinada a aplicar normas elevadas en materia de seguridad de la aviación civil gracias al establecimiento de reglas armonizadas”, declaró la vicepresidenta de la CE y comisaria europea de Energía y Transportes, Loyola de Palacio.

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La nueva legislación también exige a las autoridades nacionales que informen a los pasajeros del contenido de la lista antes que el procedimiento de facturación concluya.  Esta lista podría, por ejemplo, colgarse en el interior de la zona de facturación de un aeropuerto para dar a los pasajeros el tiempo de deshacerse de los objetos que figuran en el listado.

La lista de objetos prohibidos no es exhaustiva, precisa la Comisión, dado que siempre es posible concebir nuevos tipos de armas potencialmente peligrosas.

Entre ellos figuran explosivos, detonadores, granadas, minas, gas, líquidos inflamables, sustancias sólidas inflamables, oxidantes, sustancias tóxicas o infecciosas, materias radiactivas, sustancias corrosivas como el mercurio y baterías de vehículos y componentes de sistemas de alimentación de vehículos con carburante, diferentes tipos de armas, patines sobre hielo, bastones de esquí, bates de béisbol, cañas de pescar, fuegos artificiales o cerillos.