Las agrupaciones políticas podrán acreditar a sus representantes ante los órganos electorales hasta ocho días antes de los comicios, estipula el Reglamento para Delegados de Organizaciones Políticas o Alianzas para los Procesos Electorales.

La votación será el próximo 17 de febrero, por lo cual el plazo será hasta el 9 de ese mes.

El documento especifica que los “órganos electorales” ante los cuales se podrá colocar a representantes –no especifica cuántos– son el Consejo Nacional Electoral (CNE), sus delegaciones o Juntas Provinciales y las Intermedias.

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Los grupos políticos podrán colocar a delegados en las Juntas Receptoras del Voto (JRV), que “por ningún motivo” podrá ser más de una persona. En este otro caso no señala tiempos.

Este particular está generando confusión y hasta malestar en las organizaciones.

En una circular del 2 de enero se solicitó hasta el pasado viernes la nómina de delegados ante el Consejo y las Juntas Electorales, Intermedias y del Voto. Y que fuera de esa fecha no se aceptarían acreditaciones.

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Pero en otra del 8 de enero se aclaró que “deben remitir” el listado de sus “dos delegados ante la Junta Provincial Electoral” y a las JIE (no detalló cifra). No precisó los tiempos para acreditar ante las JRV, pero sí invocó que el reglamento faculta a los grupos a emitir su propia credencial, con base en el formato que estará en la web.

La semana pasada dirigentes expresaron su malestar por la primera comunicación porque contravenía el reglamento. Dos movimientos enviaron al Consejo su queja formal.

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La vocal del CNE, Roxana Silva, aseguró que se aplicarán las fechas del reglamento y que el espíritu del primer texto era invitar a los sujetos políticos a que no dejen esto para el último.