El Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) prepara reglamentos especiales para introducir cambios en cuatro sectores: florícola, ganadero, pesquero y de actividades bioacuáticas. Las principales modificaciones irían desde la redistribución de la jornada de 40 horas en seis días a la semana hasta la incorporación de la remuneración a destajo, dependiendo de la actividad.

Aunque el tema no es nuevo en la agenda de esta cartera de Estado, su titular, Francisco Vacas, ha reactivado reuniones con los representantes de estos sectores, las que se efectúan desde la primera semana de este mes.

Xavier Sisa, asesor jurídico de la Cámara de Industrias y Producción, uno de los gremios que ha participado en el proceso, explica que el Ministerio está buscando mecanismos para una normativa que incluya una especie de figura de jornadas semiordinarias para actividades como la agrícola y la ganadera que se realizan en más de cinco días a la semana, sin que se sobrepasen las ocho horas diarias y las 40 horas a la semana. En estos dos sectores la fórmula sería distribuir las 40 horas hasta en seis días.

Publicidad

Juan Reece, de Expoflores, explica que la propuesta del sector, que asegura tendría la aceptación del Gobierno, es laborar siete horas diarias de lunes a viernes y cinco horas el sábado. Y el pago del sábado en lugar de tener un recargo del 100% como está vigente, será solo del 25%.

Puntualiza que si hubiera necesidad de laborar el domingo, se lo haría siempre que el trabajador acepte, pero el pago se mantendría como horas extraordinarias, es decir con el 100% de recargo.

Para que las empresas florícolas puedan beneficiarse de esta modalidad, según Reece, deberían mantener una relación contractual con sus empleados y estar al día en los aportes al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) o tener convenios de pago si estuvieran en mora.

Publicidad

Las empresas que incumplan temas como trabajo infantil perderían la posibilidad de ejecutar este sistema.

La expectativa, según Reece, es que los reglamentos se concreten antes de fin de año.

Publicidad

Para el sector agropecuario, se buscaría aplicar un esquema similar al florícola, pero con la variante de que en el sexto día no exista recargo en el pago.

La razón, dice Sisa, es que en este sector se trabaja entre 4 y 5 horas diarias, en promedio, es decir, casi media jornada ordinaria, por lo que el sexto día se podría trabajar sin recargo.

Víctor López, presidente de la Cámara de Agricultura de la Primera Zona, refiere que también se analiza que haya un día de descanso cada quince días o dos días acumulados al mes.

López agrega que este sector está pidiendo a la cartera de Relaciones Laborales que los contratos que se firmen cubran a todas las actividades agropecuarias, ya que no se pueden hacer contratos por separado para el ordeño, para irrigación, fertilización, entre otras.

Publicidad

El dirigente del gremio explica que técnicos del Ministerio de Relaciones Laborales realizan recorridos por zonas agropecuarias y pesqueras de la Sierra y de la Costa para obtener información sobre las prácticas laborales de esas áreas.

En el sector pesquero, debido a que hay problemas para contabilizar las horas efectivas de trabajo cuando los pescadores se ausentan mar adentro, se estudia la modalidad a destajo, es decir, el pago sería equivalente al volumen de pesca.

Bruno Leone, vicepresidente de la Cámara de Pesquería, añade que esa remuneración en ningún caso puede ser menor del salario básico del sector y que según el tonelaje capturado sería la proporción de los ingresos de los pescadores.

Comenta que en las conversaciones con el ministro Vacas quedó entendido que las jornadas de este sector se asimilan como ordinarias.

Sisa agrega que para las actividades bioacuáticas, el ministerio considera suspender en algunos periodos de veda el pago mensual al trabajador, sin terminar la relación laboral, pero manteniendo los aportes al Seguro Social.

Explica que no se descarta una remuneración mínima y que el pago del aporte al IESS no sea solo patronal, sino también del trabajador.

Base legal

Ajustes: Según dirigentes de gremios de los sectores involucrados, el Ministerio de Relaciones Laborales se basa en el art. 23.1 del Código del Trabajo reformado por el Código de la Producción, que señala que podrá regular las relaciones de trabajo especiales que no regule la ley.