A través de sus directores provinciales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) divulgó ayer los nombres de los vocales principales de las Juntas Electorales (JPE) para las 24 provincias.

En Guayas, la Junta quedó conformada por Marcela Elina Meléndez Vera, Miguel Ángel Mendoza Mora, Yessenia Margarita Patiño Gómez, Shubert Alejando Sorroza Puig y Mayra Emérita Gallegos Vargas.

Entre las inhabilidades que estableció el CNE para integrar las Juntas están el ser afiliado o dirigente de un partido político, tener sentencia ejecutoriada, deudas con el Estado y otras.

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Pero, según información hallada en internet y confirmada por dirigentes políticos, se conoció que al menos tres de los miembros del organismo en Guayas tienen afinidad con el actual Gobierno.

Marcela Meléndez fue coordinadora general del Guayas del Ministerio del Deporte; Margarita Patiño Gómez es dirigente de Alianza PAIS en Durán; mientras que Mayra Gallegos Vargas es parte de la organización Manuelita Sáenz que colabora con los concejales de Guayaquil de AP.

De los otros dos vocales no se conoce su hoja de vida, pues el CNE no las ha hecho públicas ni las tiene registradas en su página web. Tampoco aparecen sus datos en internet.

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Para la Junta de Pichincha fueron designados, asimismo, Fabio Alejandro Donoso Guerrero, Mariela de los Ángeles Segovia Cadena, Jorge Luis Merizalde, Katty Janeth Narváez Verdesoto y Julio Oñate.

En Manabí se nombró a Hermes Cobeña Cevallos, Jessenia Moreira Burgos, Félix Toala Barahona, Carlos Carrillo Cantos y Álex Zambrano Bazurto.

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Según el organismo electoral, desde hoy corren los tres días para que la ciudadanía impugne a los vocales nombrados.

En caso de no existir objeciones, serán posesionados en una fecha no definida.

Las principales competencias de los miembros de esos organismos son la calificación de las candidaturas, cuyo periodo vence el próximo 15 de noviembre, y realizar los escrutinios de los comicios.

También designarán a los vocales de las Juntas Intermedias y de las Juntas Receptoras del Voto; vigilarán la gestión de la respectiva delegación en el proceso electoral; conocerán y resolverán las objeciones y correrán traslado de las impugnaciones presentadas a su conocimiento sobre la calificación de candidaturas, los resultados numéricos y la adjudicación de escaños de los asambleístas.

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