El Ejecutivo tiene hasta el 4 de noviembre para pronunciarse sobre la Ley Orgánica Derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia, que le fue enviada por la Asamblea el pasado 4 de octubre.

La normativa, aprobada por una mayoría de 100 asambleístas, determina la eliminación de los burós privados de información crediticia, así como de la Central de Riesgos manejada por la Superintendencia de Bancos.

Además, dispone la creación de un Registro de Datos Crediticios que será manejado por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap), institución estatal.

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El asambleísta Cristian Viteri (PAIS), de la Comisión de lo Económico de la legislatura, explicó ayer que a partir de la fecha en que la ley se envía a la Presidencia, el Ejecutivo tiene 30 días para promulgarla o vetarla parcial o totalmente.

Si el veto es parcial, la Asamblea necesita 63 votos para allanarse a las objeciones que realice el presidente Rafael Correa y 83 votos para ratificar el texto que aprobó.

Si no hay veto, el Ejecutivo la enviará directo al Registro Oficial para su promulgación.

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Hasta el momento la previsión de la bancada de PAIS, según Viteri, es que no habrá objeciones presidenciales.

El Registro de Datos Crediticios deberá entrar en funcionamiento luego de un año de que la ley esté en vigencia.

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Durante ese tiempo los burós de crédito privados deberán transferirle su información y seguirán prestando sus servicios de acuerdo con la normativa que dicte la Dinardap y la Superintendencia de Bancos.

¿Cómo se alimentará la información del registro crediticio? La ley prevé que las instituciones financieras, casas comerciales y entidades del sistema de economía popular y solidaria reporten a este registro la información sobre el historial y cumplimiento de obligaciones.