A un día de que comience a correr el plazo máximo para enviar el anexo de gastos personales, decenas de contribuyentes buscaban información del proceso en el Servicio de Rentas Internas (SRI) y en los sitios que brindan servicios de asesoría tributaria.

Este procedimiento lo deben cumplir obligatoriamente las personas naturales que durante el 2011 hicieron uso de gastos personales deducibles iguales o superiores al 50% de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta (IR).

Esto implica que si alguien reportó gastos por encima de 4.605 dólares debe presentar el anexo, que es un documento en el que se deben especificar datos de las facturas que respaldan lo declarado al fisco.

Publicidad

Como no conocía bien de los pasos para subir a la web el anexo, Carlos Vargas intentaba ayer obtener detalles para dos familiares que deben cumplir con esta obligación. “No es fácil para quien lo hace por primera vez”, aseguró.

María Sánchez, otra contribuyente que paga IR, también acudió al SRI y a un sitio de asesoría para conocer del trámite. Ella sostuvo que “como hay un vocabulario tributario especial, debo buscar ayuda para hacer el trámite por internet”.

Solo por este año, el SRI dispuso que la presentación máxima arranque el 10 de junio, según el noveno dígito de la cédula. El proceso finaliza el 28 de este mes (ver tabla).

Publicidad

Sandra Campaña, quien ayuda a subir anexos en las inmediaciones del SRI, afirmó que en la última semana ha atendido a unas 5 personas cada día que quieren subir sus anexos.

Ella les indica a sus clientes que a partir de este año pueden informar máximo hasta cinco registros del mismo proveedor con diferente tipo de gasto. El año pasado, una factura no podía ser usada para justificar diversos tipos de rubros.

Publicidad

Un funcionario del SRI indicó que como 10 de junio cae domingo, estos contribuyentes pueden subir los anexos el lunes, que es el primer día hábil de la semana. En este caso no serán multados.