Existe hoy en Ecuador al menos una niña a quien el registro civil niega derechos: un nombre, una nacionalidad y una familia. Las mujeres adultas que hicieron posible su existencia luego de planificar, invertir recursos múltiples para su concepción y embarazo y sobre todo sembrar ilusión sobre su llegada, sufren también discriminación contra su derecho a ser familia.

La batalla legal que enfrentan estas mujeres es en base a resistir las premisas injustas de quienes controlan la posibilidad de registrar sus apellidos como responsables legales de su hija. Si un hombre dice ser el padre su palabra se acepta sin discusión, su aserto va directamente al certificado y cédula del niño, cuando el centro de salud certifica el parto la mujer se convierte legalmente en madre. El caso que nos hace reflexionar como nación sobre quiénes pueden ser familia se da porque un funcionario del Registro Civil niega la inscripción alegando que debe “precautelar la seguridad jurídica de la filiación paterna” y que no hay doble filiación materna en el reglamento. Ser una familia para estas tres mujeres es negado porque solo una parió la bebé y puede ser su madre según el Registro Civil, aunque la otra madre participó en la decisión, buscó la concepción del infante y se responsabilizó económica y afectivamente del parto de su compañera.

Al revisar el artículo 68 de la Constitución encontramos un país divido por el deber ser y el prejuicio de la costumbre. Ese artículo dice que un hogar estable, de relación monogámica entre dos personas, tiene los mismos derechos que aquel unido en matrimonio. Enseguida menciona que la adopción corresponderá solo a parejas de distinto sexo. Entonces se determina quién puede o no ser legalmente: se puede ser madre, familia, padre, solo siendo heterosexual. El peso agobiante del prejuicio –y del desconocimiento de la realidad del amor y de la diversidad sexual en nuestro país y en el mundo– es paralizante. Esta tara, consagrada constitucionalmente, no tiene sustento alguno más que el miedo a lo distinto y la ignorancia, como lo establecen múltiples estudios realizados a nivel mundial. Ante los dilemas por vacío legal o por errores provocados en la Constitución, lo que debe prevalecer son los derechos que esta niña tiene a ser legalmente: ser nombrada, ser ecuatoriana e inglesa y a ser parte de una familia.

Decidir quién puede ser madre o padre desde las alturas de púlpitos por hombres que no crían a sus hijos o de políticos desde balcones y tarimas ocupados de predicar la perpetuación de estereotipos es, llanamente, un error, una injusticia y un peligro.

Para los lectores que quieren superar prejuicios recomiendo el sitio de la Academia Americana de Pediatría: www.healthychildren.org el artículo en inglés “Where We Stand: Gay and Lesbian Parents” o en español www.familiasporladiversidad.org también un buen comienzo para aprender.

Mientras tanto la niña de bello nombre sonríe sin poder conocer a sus abuelos porque existen unos “ellos” que ven mandamientos, reglas y artículos por encima del amor que hace posible que esta familia de tres mujeres exista y sea.