Las personas naturales y sucesiones indivisas (herencias no distribuidas y que generan renta) deben presentar su declaración anual del Impuesto a la Renta (IR) así como pagar su valor correspondiente, desde este mes.

Desde el 1 de febrero, todos los obligados a presentar y pagar el IR pueden realizar el trámite, sin embargo, las fechas de vencimiento van del 10 al 28 de marzo, dependiendo del noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Sobre el tema, el director de la Regional Norte del SRI, Marcelo León, señaló que cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, esta se traslada al siguiente día hábil.

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Si no se presenta a tiempo la declaración igual se debe pagar el impuesto, pero con intereses y multas que serán liquidados en la misma declaración.

Pero, ¿quiénes están obligados a presentar la declaración? Pablo Guevara, experto tributario de la firma Fidesburó, explicó que las personas naturales que hayan percibido ingresos superiores a la fracción básica desgravada, que el año 2011 fue $ 9.210 deben presentarla.

La base imponible de las personas naturales es igual a la suma de los ingresos gravados menos los gastos relacionados con esos ingresos gravados (gastos deducibles del giro del negocio y personales). Si el resultado es superior a $ 9.210 entonces están obligados.

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Entre tanto, están exentos quienes a pesar de tener dicha base están sujetos a la retención en la fuente del empleador y si no han hecho uso de gastos personales. Las personas en relación de dependencia no deben realizar el trámite, pues el empleador se encarga de presentar el formulario 107, ya que ha retenido el impuesto mensualmente, durante todo el año.

Sin embargo, cuando la proyección de gastos personales que se realizó no se cumple sí debe hacer el ajuste con el formulario 102A.

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En caso de quienes están en relación de dependencia pero también tienen otros ingresos, deben consolidar los ingresos y hacer la declaración.

Ingresos
Exento: Si los ingresos brutos de una persona natural son inferiores a 9.210 dólares debe presentar declaración de impuesto a la renta, pero con un impuesto cero.