Los fondos de reserva continuarán pagándose vía rol a todos los afiliados que desde hace dos años venían recibiendo mensualmente esos recursos, según anunció el presidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Ramiro González.

González fue presionado a dar una rueda de prensa la tarde de ayer para aclarar el tema y desmentir la versión del gerente del Banco del IESS (Biess), Efraín Viera, quien manifestó que a partir de agosto próximo los afiliados, sin excepción, dejarían de percibir los fondos de reserva mensuales vía rol para acumularlos nuevamente en el IESS durante tres años y volver a retirarlos.

La disposición transitoria de la ley para el pago mensual del Fondo de Reserva y Régimen Solidario de Cesantía aprobada por el ‘Congresillo’ el 19 de mayo del 2009 y publicada en el Registro Oficial el mes siguiente, manifestó Viera es clara y suspende el pago mensual de esos recursos, ya que solo duraba dos años. “Eso será bueno para el Biess porque tendrá más fondos para invertir y los afiliados aumentarán sus garantías para acceder a sus créditos quirografarios e hipotecarios”.

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Pero González expresó que esto no es así, aunque no aclaró si este pago mensualizado a los afiliados se extenderá solo un año más y a partir del tercer año se volverán a retener los fondos en el Seguro para retirarlos luego de tres años.

González agregó que la reforma aprobada por el ‘Congresillo', únicamente fijaba plazo para aquellas personas que solicitaron voluntariamente al IESS la retención de sus fondos de reserva.

Para este caso, los afiliados podían retirar su dinero cuando cumplían dos años. Ahora deberán esperar un año más. En total, deberán completar tres años o 36 meses para retirar la totalidad de sus fondos de reserva, explicó.

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Ese era el plazo que el afiliado debía cumplir antes de la reforma aprobada por el ‘Congresillo’. Lo único que se hace es retomar una medida que se cumplía hace dos años, explicó González.

Según el Instituto de Seguridad Social, aproximadamente un millón de afiliados tiene derecho a los fondos de reserva porque cumplieron dos años de aporte consecutivo. Cuando se adoptó la decisión de mensualizar los fondos, los congresistas adujeron que era una medida temporal para evitar la recesión económica que vivía el país por la crisis mundial.

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La asambleísta Nivea Vélez (municipalista), presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y Seguridad Social, corrobora esta afirmación y explica que en la reforma sí se estableció un plazo para la entrega mensualizada de los fondos de reserva que vencerá en agosto próximo.

“No sé dónde está esa interpretación; para mí existe una falta de acuerdo de las autoridades del IESS, para mí o tienen mucho dinero o quieren mejorar el salario de la dignidad”, señaló la asambleísta. En este sentido anunció que pedirá una aclaración a la institución.

Las versiones de que se suprimiría el pago desde agosto preocupó a la afiliada Magali León, quien desde temprano solicitó información en la agencia matriz del IESS en Quito. Los funcionarios le explicaron que no tenían ninguna decisión al respecto por parte de ninguna autoridad del Seguro Social. La afiliada señaló que actualmente cuenta con sus fondos mensuales para pagar sus deudas y el pago de su vehículo.

En promedio, según el IESS, de la totalidad de afiliados que tienen derecho al fondo de reserva, el 60% pidió que el Seguro retenga el dinero, mientras que un 40% optó por el pago mensual.

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En el 2010 unos 290.000 afiliados optaron por esta última opción y eso le representó al IESS $ 192 millones.

González añadió que no se han recibido denuncias de que se esté incumpliendo con ese pago por parte de los empleadores. En promedio, los gastos se usan para gasto corriente.

El IESS anunció que desde noviembre hasta abril se han afiliado 200 mil personas más.

Disposiciones transitorias: Ley sobre Fondos de Reserva aprobada en el 2009
Primera
“A partir de la entrada en vigencia de la presente ley y hasta por el periodo de tres años contados desde la fecha de promulgación, el Instituto de Seguridad Social transferirá mensualmente a las cuentas de las entidades financieras registradas por cada afiliado que acredite el derecho o al Banco del IESS, el valor equivalente al 8,33% de un mes de remuneración de aportación por concepto de fondos de reserva, salvo que el afiliado solicite que dicha transferencia no se realice, en cuyo caso esos valores continuarán ingresando a su fondo individual de reserva”.

El veto del Ejecutivo determinó que la empresa lo pague directamente al trabajador.

Segunda
“Devolución anticipada del Fondo de Reserva.- Durante el periodo de dos años contados a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, los afiliados que acrediten dos aportaciones anuales o veinticuatro mensuales por concepto de fondos de reserva, podrán solicitar la entrega de la totalidad o parte de sus fondos de reserva, en cuyo caso, el Instituto

Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, devolverá el 100% o el porcentaje solicitado, del valor acumulado por aportaciones e intereses.

El Consejo Directivo del Seguro Social, en un plazo máximo de treinta días emitirá el reglamento pertinente...”.