Aunque existe un nuevo mecanismo desde este año para la revisión de los automotores en Guayas, aproximadamente unos 370 mil según la proyección del 2010, el pago de los impuestos o las matrículas que se realizan en los bancos se sigue rigiendo con el método anterior, que contempla periodos ordinarios y extraordinarios de seis meses cada uno.

La fase ordinaria comprende desde el 2 de enero hasta el 31 de julio y la extraordinaria, durante el cual se debe pagar un recargo del 1,55% en la tasa del Sistema de Rentas Internas (SRI), se extiende del 1 de agosto hasta el 31 de diciembre.

Sin embargo, la existencia de dos calendarios o cronogramas para efectuar los trámites de matriculación de los vehículos, que comprende la revisión técnica vehicular a cargo de la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG); y el pago de la matrícula en la agencia bancaria a cargo del Sistema de Rentas Internas, provoca confusión en cientos de conductores que aspiran a revisar los automotores en las áreas de matriculación de la CTG, en los próximos meses.

Publicidad

Algunos, como Marco Guaranda, quien llegó desde San José de Manglaralto para matricular su camioneta con anticipación por un cambio de propietario, pese a que su placa termina en 7, no conocía del recargo del SRI, que le hubiera tocado pagar si hubiese cancelado su matrícula en agosto, fecha en la que estaba asignada la revisión técnica de su carro.

Dos mecanismos
Por un lado, la Comisión Nacional de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial (Cntttsv) introdujo el método de calendarización por dígito de placa que rige solo a la revisión de los automotores.

El sistema establece un calendario regido al último dígito de la placa de los vehículos.

Publicidad

Por eso, en febrero, la CTG arrancó con el 1; es decir, convocó a los propietarios cuya serie numérica de la placa de su vehículo termine en ese dígito. Para marzo le correspondió al 2, en abril al 3, en mayo al 4 y así sucesivamente hasta noviembre cuando le corresponda al 0. En diciembre, la CTG atenderá a los usuarios en general, como lo hizo en enero pasado.

Mientras, el SRI aclaró con un comunicado que para el cobro de los impuestos o matrículas se encuentra vigente el artículo 10 del Reglamento para la aplicación anual de los vehículos motorizados que establece las dos etapas de pago.

Publicidad

Los calendarios no afectarían a los vehículos con dígitos de placas hasta el 6, que deben ser revisados hasta julio; que por ende deben haber pagado sus impuestos hasta esa fecha; pero sí a los correspondientes al 7, 8, 9, 10 y 0, que deben ser revisados en agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, respectivamente.

Jaime Velázquez, director ejecutivo de la CTG, reconoció que cientos de usuarios confunden el trámite del pago de la matrícula con el de la revisión en la CTG, y piensan que para los dos rige un solo calendario, pero aclaró que desde el inicio se establecieron diferencias.

El funcionario adelantó que es posible que para el 2011 la calendarización incluya el pago de matrículas, sin embargo, prefirió no revelar el avance de las conversaciones con el SRI.

En tanto, Velázquez prepara para los próximos días una campaña en medios de comunicación a fin de aclarar el proceso de matriculación a la ciudadanía para que alcance a pagar a tiempo sin el recargo.

Publicidad

Textual: La autoridad
Jaime Velázquez
Director ejecutivo de la CTG
“El pago de impuestos o más conocido como matrícula en los bancos no ha sufrido cambios y todavía rigen los periodos ordinarios y extraordinarios”.