De las 880.000 contravenciones de tránsito registradas por la Policía en el 2009, en 23 provincias del Ecuador, sin contar Guayas, que posee para este registro la Comisión de Tránsito, únicamente 47.000 (5,3%) obtuvieron una sentencia emitida por la Función Judicial.

Con el fin de sentenciar un promedio diario de 2.411 contravenciones
que se presentan en el país, el director ejecutivo del Consejo de la
Judicatura, Gustavo Donoso, espera que en  tres semanas ya funcionen 17
juzgados de Tránsito con jueces adjuntos solo para estas infracciones.

Para el mayor Juan Zapata, jefe de Ingeniería de Tránsito de la Policía, la falta de sentencia en estos casos le ha significado al Estado una pérdida económica de más de $ 30 millones por el cobro de multas y que la gente pierda el respeto a una Ley que buscaba sancionar las malas conductas del transeúnte y el conductor.

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“El acta de juzgamiento emitida por el respectivo juez de Tránsito se convierte en el título de crédito para cobrar la plata de la multa o aplicar el retiro de puntos de una licencia. Si no hay eso, el trabajo policial queda en nada”, recalca el mayor Zapata.

Desde el 7 de agosto del 2008 se encuentra vigente la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en la que se prevén las sanciones económicas y de puntos que se impondrán para las diferentes contravenciones existentes: leve, grave y muy grave, y se clasifican a su vez en leves de primera, segunda y tercera clase, y graves de primera, segunda y tercera clase.

Actualmente, el proceso para sancionar una contravención consiste en entregar una copia de la papeleta que registra la infracción del ciudadano.

Luego, el policía tiene 24 horas para enviar a los jueces de Tránsito la papeleta original junto a un parte.

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Si el ciudadano está inconforme con la medida, tiene tres días para impugnar la infracción. Luego el juez cuenta con otros tres días para desestimar o ratificar la contravención.

En el plazo máximo de un mes el juez que revisó la causa deberá emitir un acta de juzgamiento a favor o en contra del infractor, de no hacerlo en este tiempo la contravención caducará. Esto sucedió en 833.000 casos en el 2009.

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La primera razón aparente para este hecho, dice el mayor Zapata, es el escaso número de jueces de Tránsito a los que se les entregó esta responsabilidad, pese a que la Ley preveía la creación de juzgados de contravenciones que hasta el momento no existen.

“Es muy difícil que los jueces puedan ir al mismo ritmo de la Policía”, indicó Zapata.

Sin contar con los ocho jueces del Guayas, en las 23 provincias restantes del país existen 37 jueces en esta materia, quienes están avocados a conocer no solamente las contravenciones, sino también los delitos en tránsito, las audiencias de fianza, acuerdos reparatorios, prisiones preventivas, audiencias de dictamen, tramitación de demandas de protección, entre otras diligencias.

Solo en Pichincha, según estadísticas de la Policía, se emiten más de 2.000 contravenciones diarias, que divididas para los seis juzgados de Tránsito existentes en la provincia dejan cerca de 350 trámites de esta clase que deben ser revisados por cada juez.

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Nelson Goyes, juez séptimo de Tránsito de Pichincha, sostiene que siempre existirá un desfase en esta materia si no se reforman la Ley Orgánica y el Reglamento General para su aplicación.

Según Goyes, hubo varias reuniones con el Consejo de la Judicatura (CJ) y la Comisión Nacional de Tránsito y Transporte en las que se acordó que a nivel nacional se iban a despachar únicamente las boletas de contravención que fueran impugnadas, mas no todas como se define en la Ley.

“Eso al principio se cumplió, pero cuando se emitió el Reglamento se nos volvió a obligar a juzgar al contraventor pese a que no presente impugnación o esté en ausencia”, señala.

A finales del año pasado, los jueces de Tránsito en Pichincha propusieron que se incluya una reforma a la Ley en la que solo exista un acta de juzgamiento en las contravenciones que tengan apelación.

En cuanto a las que no posean apelación, simplemente, será tomado como una aceptación tácita de la infracción y se incluirá a las boletas en una lista mensual que se entregará a las jefaturas de Tránsito para que procedan al cobro de la multa y el retiro de puntos en las licencias, de ser el caso.

“Es verdad que así pongamos a trabajar a todos los empleados de los juzgados de Tránsito, solo en el tema de contravenciones, no lograremos evacuar un histórico de boletas diarias que esta entre tres mil y cinco mil en esta provincia. Hay que modificar profundamente la Ley para hacer más fluida la tarea”, expresa Goyes.

Con el fin de sentenciar un promedio diario de 2.411 contravenciones que se presentan en el país, el director ejecutivo del CJ, Gustavo Donoso, espera que en dos o tres semanas ya estén en funcionamiento 17 juzgados de Tránsito con jueces adjuntos que revisarán solo este tipo de infracciones.

Estas nuevas judicaturas estarán repartidas principalmente en Pichincha y Guayas, así como en las zonas que se defina que hay una mayor cantidad de estas contravenciones.

“Esta es una alternativa para enfrentar el problema. Lastimosamente no existe el presupuesto para llevar a la práctica los juzgados de contravenciones como lo dice la Ley, pero se buscan alternativas”, anota Gustavo Donoso.

La institución policial, mediante el Ministerio de Gobierno, envió a finales del 2009 un proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Transporte para que sea tratado por la Asamblea Nacional.

La propuesta consiste en entregarle la potestad al agente del orden para que sancione las contravenciones leves de primera clase (personas que botan basura por la ventana, el uso inadecuado de la bocina o conductores que no utilizan el cinturón de seguridad) sin perder el derecho constitucional del ciudadano a la impugnación.