Existen diferentes clases de normas que contribuyen al objetivo de ordenar adecuadamente la convivencia en sociedad. Entre otras, están las del trato social que representan la esencia de las concepciones imperantes sobre conductas que se considera deben ser respetadas por sus miembros. Las religiosas que se dan en el interior de las iglesias o grupos que profesan una determinada fe o creencia. Las de la moral social que expresan el criterio mayoritario de la comunidad frente a determinadas circunstancias. En el espacio de cada una de estas se han previsto consecuencias si no son respetadas. Así, en lo social puede ser el rechazo o la exclusión del grupo si la persona ha irrespetado algunas de sus normas; en lo religioso, la sanción puede llegar a la separación definitiva del individuo de la iglesia; y, en lo relacionado con la moral social puede expresarse a través de la opinión ciudadana que señala al individuo como deshonesto.

Pese a los efectos negativos derivados del irrespeto a las prescripciones normativas en los diferentes escenarios planteados, esas sanciones no cuentan con mecanismos que permitan que se ejecuten de manera general y forzosa. La sola posibilidad de ser rechazados socialmente no es un elemento que condicione la conducta de muchos individuos. La sanción religiosa tiene vigencia para el hombre de fe y se aplica al interior de la iglesia. La opinión pública que condena al deshonesto no necesariamente determina su conducta… ¡muchos la ignoran desde el desparpajo y desvergüenza!

El derecho, el más complejo y sofisticado sistema normativo, por su propia naturaleza cuenta con la posibilidad de sancionar comportamientos previamente definidos como contrarios a lo que el ordenamiento jurídico establece y tiene características propias, como su imperatividad y coercitividad, que lo convierten en la norma socialmente más importante. Las sociedades de manera dinámica llevan al nivel jurídico a los criterios y valores más preciados para protegerlos por medio de la fuerza legítima del Estado integrado por las voluntades de todos sus ciudadanos. De ahí la importancia de la formación para que desde una educación cada vez más sólida en lo humano, social, científico y técnico se prioricen criterios y valores trascendentes para la sostenibilidad de la vida de todos.

El medio ambiente debe ser cuidado como uno de los bienes jurídicos de la mayor importancia, por eso es positivo que dos de las siete preguntas que serán presentadas en la consulta popular que propone el presidente de la República tengan que ver con su protección. La sostenibilidad, objetivo vital, no se consigue solamente desde el desarrollo vertiginoso de la ciencia y sus aplicaciones tecnológicas y de mercado que muchas veces miran al hábitat como el espacio de explotación de recursos para el mantenimiento de ese vértigo unidimensional. Los individuos y la humanidad no son más viables por la búsqueda de la riqueza y el desarrollo que destruye al medio ambiente, lo son más bien por la claridad de conceptos que posiciona como trascendentes a la solidaridad y a la conciencia colectiva que comprende y vive la inexorable interdependencia de las personas con la naturaleza de la cual somos parte y sin la cual no podemos ser. (O)