Nada es verdad, nada es mentira, todo se ve de acuerdo con el cristal con que se mira. Quiero referirme a ironías de funcionarios enquistados en el IESS. Iniciaré cuestionamientos para que asambleístas desde el inicio de este nuevo periodo legislativo comiencen a corregir los desafueros cometidos en la elaboración de leyes en el periodo anterior; en razón de que primero es el factor humano al que la Constitución ordena proteger.

Es una coincidencia que el Estado esté comprometido en capitalizar el 40% de las pensiones jubilares anuales o tenga una sustentación matemática razonable, para restituir a las pensiones jubilares el valor que los gobiernos anteriores en la hegemonía monetaria del sucre, devaluaron (desde 1987) de 100 a 500 sucres por dólar; o sea cinco veces el 100%, de 1987 a 1998 de 500 a 5.000 sucres por dólar, el equivalente de diez veces el 100% de su valor real, y por último de 1998 a 1999 de 5.000 a 2.5000 sucres por dólar, o sea adicionaron la última devaluación del sucre en cinco veces el 100%. En total devaluaron el sucre en 12 años, veinte veces el 100%, o sea el 2.000%; resumiendo, lo que representaba 100 dólares en 1987, en el año 1999 el valor era de 0,40 dólares, prácticamente cero. Si consideramos que para tener acceso al 100% de la pensión jubilar se debe haber cumplido 30 años de aportaciones, entonces calculamos que el 40% de 30 años son 12 años, que son los de los afectados con las veinte devaluaciones de la pensión jubilar que el Estado les debe hacer su restitución. Lo mismo que se cumpliría en 50 años de capitalizar las pensiones jubilares (resumen de dividir el 2.000% para el 40%), haciendo lo que la “revolución ciudadana” dispuso en la Constitución y no ha cumplido con la tercera edad: artículo 36, en el ámbito de inclusión social y económica; artículo 37, numeral 3, de la jubilación universal; y artículo 38, numeral 2, protección especial contra cualquier explotación económica. Garantizar y no cumplir en el sector privado raya en estafa, y en el sector público raya en manoseo de leyes. Observo en noticias que se permitieron incrementos de hasta 16%. Si el derecho a la restitución es del 40% de las pensiones jubilares que debe aportar el Gobierno, y el 16% se ejecuta (se ejecutaba, lo desaprobaron) con una tabla que era equitativa e inversamente proporcional a la tabla de rangos de sueldo que percibe el jubilado; el 24% restante debería ser para cumplir con el resto de los artículos de la Constitución como el 36, 37 y 38 (y con el 40% de las pensiones jubilares). Lo sarcástico es proclamar que es del Gobierno el dinero de los pensionistas del IESS, y por eso lo devuelven a estos cuando les da la gana; imagino que es igual con todos los préstamos forzados. Si con 1 millón 200 mil asegurados campesinos, el IESS tendría que percibir más de 1.000 millones de dólares anuales (calculando que cada campesino va a aportar sobre la canasta básica de 360 dólares mensuales), que fue con lo que se iniciaron en el primer año; ahora que se ha triplicado el número de campesinos afiliados, el déficit sería el triple. Siendo obligación del Gobierno crear impuestos sociales con una justificación, hasta la presente no lo ha justificado. Impuesto viene de la palabra imponer (imponer seguro campesino, imponer seguro de amas de casa sin respaldo).

Tienen que aplicar el derecho de repetición a todos los asambleístas que han creado leyes que producen impuestos sin sustento, sin respaldo económico. Solo por excepción, en la ley que han elaborado, que se disponga que estas arbitrariedades las cubran con el valor de sus propiedades; a este tipo de asambleístas debe quitárseles el derecho político de representación.(O)

Salvador C. Loffredo Autheman, ingeniero civil, avenida Samborondón