Más grave, todavía, que la ruptura constitucional que conlleva esta ley, o proyecto de ley, es la ruptura de los principios: La defensa de la soberanía, de la integridad territorial, del orden interno, les corresponde a las instituciones del Estado consagradas a ella. Si se encarga estas funciones, o parte de ellas, a fuerzas extrañas, pues se ha roto el principio de que solo esas instituciones pueden ejercerlas, privativamente, con exclusión de cualquier otra. En los institutos militares y policiales, simultáneamente a la enseñanza del manejo de las armas, se educa, al cadete, al soldado, en los fines de su carrera, que son el respeto de la Constitución, las leyes, sus reglamentos especializados. Sin esa enseñanza, la sola instrucción en el manejo de las armas conduce a la formación de pistoleros, no de soldados de honor protectores de los derechos de las personas. Esas enseñanzas se imparten constantemente a lo largo de varios años de estudio. Entre esas lecciones está la fundamental de que el soldado es responsable personalmente si ejecuta órdenes ilegales, injustas. Un cuerpo paramilitar creado para exclusivamente dar protección a autoridades carecerá de esa formación; sus miembros serán autómatas que cumplirán cualquier orden del funcionario político de turno, sin detenerse a considerar las responsabilidades legales en que incurrirían por la violación de la vida y los derechos humanos. Cumplirán el papel de matones, no de guardianes del derecho.

Si el presidente saliente llega a vivir en Bélgica, no podrá contar con una fuerza de protección armada. Ningún particular puede estar armado. La protección de las personas es allá responsabilidad del Estado y solo del Estado.

Si el artículo 158 de la Constitución otorga las funciones a las que nos referimos líneas arriba a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, para alterar esas disposiciones constitucionales parece obvio que se habrá requerido previamente la opinión formal de esas instituciones. Es imprescindible que la ciudadanía las conozca. Sean cuales sean los pretextos políticos para la creación de esta fuerza paramilitar, esas instituciones seguirán siendo responsables de la seguridad de las autoridades, porque la seguridad de la nación es una sola. Si, por ejemplo, se llegara a asesinar a un alto funcionario, ni las Fuerzas Armadas ni la Policía podrán decir: “es que yo ya no soy responsable”. Además, no pueden acatar leyes u órdenes inconstitucionales. Así me lo enseñaron en mis tres años de cadete en el Colegio Militar donde me gradué de bachiller y oficial de reserva. Cuando ministro de Gobierno, pude comprobar que en la Policía los principios eran los mismos.

Si el presidente saliente llega a vivir en Bélgica, no podrá contar con una fuerza de protección armada. Ningún particular puede estar armado. La protección de las personas es allá responsabilidad del Estado y solo del Estado.

Cuando visité al expresidente Velasco Ibarra, en Buenos Aires, él mismo me abrió la puerta de su modesto y arrendado departamento; no tenía servicio doméstico, peor guardias. Vivía sin temor, tal vez inspirado por las palabras de Julio César cuando le advirtieron que podían asesinarlo en el Senado de Roma: “Los cobardes mueren muchas veces antes de morir; el valiente solo saborea la muerte una vez”, y concurrió al Senado.

Una fuerza paramilitar pone en riesgo la paz de la República. No la justifica un interés personal o partidario. (O)