No debería sorprender el estado de excepción decretado para todo el territorio nacional, suspendiendo las garantías constitucionales más importantes, sin observar los principios constitucionales: de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad. Sin que medie desastre natural alguno, extendido a las lejanas islas Galápagos y en momentos de descontento ciudadano.

La próxima Carta Fundamental tendrá que prevenir los excesos en el ejercicio de la facultad para decretar estados de excepción, estableciendo responsabilidades. Además, precaver los graves dislates del texto vigente. ¡Sí, estimado lector, una nueva Constitución!

Para ello no debemos olvidar estos extravagantes años de “revolución ciudadana”. Una nueva Constitución (cada día se suman voces que la exigen), empezando por escoger a ciudadanos idóneos que no acepten que les hagan la tarea, que salvo valiosas excepciones estuvieron ausentes en Montecristi.

Recordar que en la redacción de la Carta incidió una combinación de fanfarria, ingenuidad, improvisación, desfachatada manipulación extranjera y desde Carondelet; acuerdos mezquinos para doblegar el espíritu autonómico e influencia de esta urbe; ofrecimientos que entrañaron engaños; negligencias; nebulosa concepción de principios; innecesarios desdoblamientos lingüísticos por reivindicaciones de género; y, léxico lírico sino ambiguo de hueco contenido. La deficiente técnica jurídica en numerosos apartados sembró contradicciones entre la dogmática y orgánica del estatuto constitucional. Por un lado se construyó una extraordinaria fuente de derechos, y por otro, una siniestra estructura concentradora de poderes que impide su ejercicio.

La parte dogmática tampoco está libre de contradicciones. Por ejemplo, el artículo 7 afecta la certeza de la nacionalidad ecuatoriana y la seguridad externa. Si bien la reconoce a los nacidos en el Ecuador y las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador (y sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad), también advierte que son ecuatorianas por nacimiento “… las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera”. Así, tendrían nacionalidad ecuatoriana los colombianos y peruanos residentes en zonas fronterizas, si pertenecen a comunidades, pueblos o nacionalidades (no dice indígenas). Ante lo cual, llama la atención la expulsión de una mujer académica, escritora de libros y comprometida con las causas de los indígenas, además vinculada afectivamente con uno de sus dirigentes.

Las acciones de Gobierno causantes del descontento social actual devienen en buena medida del hiperpresidencialismo adoptado en Montecristi. Ahí el origen de las políticas radicales que resultaron experimentos fallidos, en perjuicio del bienestar ciudadano. Cometidos que despreciaron la evidencia de su inconveniente implementación.

En la nueva concepción constitucional habrá de reconsiderar la existencia del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El actual organismo será tristemente recordado en la historia como un monumento a la alcahuetería, responsable del fraude a la democracia. Su taimado diseño hizo posible la cooptación de todos los poderes por parte del presidente. Un poderoso organismo nominador de las más importantes autoridades del Estado, en el que la ciudadanía casi ninguna participación tuvo. Sus miembros llegaron a sus cargos sin el voto ciudadano y con un procedimiento rimbombante que solo ocultaba la manipulación para que el Ejecutivo se haga del control total de las Cortes de Justicia, del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral, Corte Constitucional, fiscal general y “todo mismo” (utilizando la expresión del columnista Francisco Febres Cordero). (O)