El tema del cobro del 0,5% de los créditos se actualizó en el mes de octubre. De acuerdo al Código Orgánico y Financiero las entidades del sector financiero privado actuarán como agentes de retención. Los montos recaudados deben ser depositados diariamente, con un rezago de hasta 48 horas, por los agentes de retención en la Cuenta Única del Tesoro Nacional. Los recursos serán transmitidos a Solca trimestralmente.

Siempre conocimos esto como una contribución para financiar el presupuesto de Solca y por eso llamó la atención que el presidente de la República dijera que los fondos se destinarán a la lucha contra el cáncer, pero que eso no quiere decir que esa asignación vaya solo a Solca, a la cual sí se le asegura un porcentaje para su obra, pero no la totalidad del impuesto.

Y, en realidad, el Código Monetario y Financiero en la Decimocuarta disposición general dice: “Los recursos de esta contribución (se refiere al 0,5%) serán destinados a la atención integral del cáncer”, lo cual hace posible que alguna institución de salud que brinde servicios de oncología pueda recibir parte de estos recursos.

Si es así y Solca va a tener garantizados los recursos que necesita, puede ser, pero entonces no debemos de llamarla “contribución para Solca”, como aparece en los estados de cuenta. Los contribuyentes deben tener claro a quién benefician. Solca es una institución conocida e identificada por todos y por eso muchos contribuyen con agrado. Es importante que sepamos que no es solo para esta entidad y sería bueno que conociéramos con quién más colaboramos.