Cuando los estados se adhieren a pactos o convenciones sobre derechos humanos, autorizan su escrutinio internacional en esta materia; y, se comprometen a acatar recomendaciones de los órganos de promoción y protección de los derechos humanos.

Por ello no tiene asidero el rechazo de la misión venezolana en la ONU, a las declaraciones del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ONU), Zeid Ra’ad Al Hussein. Este exhortó al gobierno venezolano a liberar inmediatamente al líder político Leopoldo López “… y a todos aquellos detenidos por ejercer su legítimo derecho a expresarse”.

El Alto Comisionado hizo su pedido después de que el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra, concluyera que se debe liberar inmediatamente a Leopoldo López, detenido en una prisión militar de Caracas.

Los expertos de ese Grupo constataron, en una investigación de más de 7 meses, que López fue detenido arbitrariamente con violación de varios de sus derechos civiles, políticos y constitucionales. Situación recogida en una comunicación cursada al Estado de Venezuela, en la que dicho Grupo constituido por 47 países, señaló que Venezuela incumplió el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pues López fue detenido sin permitírsele el legítimo derecho a la defensa y negándosele el derecho a la presunción de inocencia.

Leopoldo López fue arrestado tras liderar una manifestación en Caracas contra el gobierno. En las protestas murieron dos jóvenes opositores y un ciudadano de tendencia oficialista. El gobierno lo acusó de acciones para delinquir e incitación a la violencia.

Los expertos de la ONU confirmaron que Leopoldo López fue arrestado bajo circunstancias poco claras, no obstante las graves acusaciones del gobierno. El informe estableció que no existe “expresión clara, precisa y circunstanciada de los hechos imputados”, en detrimento del derecho a la defensa y el debido proceso para López. Cuestiona también su detención en un recinto militar, “que pareciera sustentado en un motivo de discriminación basado en sus opciones y opiniones políticas”.

El pronunciamiento recalca: “El gobierno no precisó en qué medida el discurso del Sr. López pudo haber dado lugar a los incendios y delitos de que se le acusa. No precisa qué expresiones de su discurso pudieron motivar estos graves hechos o inducir a la comisión de los mismos. Al referirse al delito de asociación ilícita, tampoco precisa a qué grupo ilegal se refiere”. También se reprocha el impedimento de las comunicaciones del detenido con sus abogados.

Pero la reflexión del informe de más enjundia –además pertinente a la realidad ecuatoriana, hoy afectada en muchos de sus valores democráticos– es esta: “(…) la participación en una marcha por motivos políticos, o el hecho de ejercer su derecho a la libertad de expresión durante la misma, no constituye un ilícito que justifique la privación de libertad de un orador o participante. No hay elementos que permitan concluir una relación causa-efecto entre la convocatoria a una manifestación política, el hablar durante la misma y los resultados de muertos, heridos y daños materiales, que se produjeron al margen de dicha concentración que, por otra parte, ya había concluido”.

Entonces el exhorto de Zeid Ra’ad Al Hussein tiene fundamento. ¡Liberen a López!