La vigencia del nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) crea algunos interrogantes y preocupaciones, que requerirán todos los conocimientos y capacidad de análisis jurídico para su correcta aplicación. Por ejemplo, si a partir de la aprobación del COIP el peculado no se considera delito, ¿qué pasa con los procesos que por ese delito están en marcha? Las interpretaciones que ya se conocen en uno y otro sentido son planteadas, unas desde lo legal y otras desde la ética.

Hay también otro tipo de preocupaciones: ¿cómo podrán los jueces juzgar la mala práctica profesional si no tienen conocimiento suficiente del tema? ¿Habrá necesidad de especialistas?

En todo caso, lo importante es que prevalezca la justicia y los caminos legales deben ser instrumentos para alcanzarla. Como en todo cambio, al principio hay que adecuar procedimientos, sistemas y conductas y aplicar las nuevas normas con honestidad, de tal manera que su fin último, en este caso, la justicia, se cumpla.