Por varios años los depósitos judiciales en el Banco de Fomento de Santa Elena tardaban aproximadamente una semana posterior a la orden judicial en pagarse al beneficiario; sin embargo, los últimos meses se excede en demasía dicho tiempo.

Es el caso de un juicio (2013) que se sustanció en la Unidad Judicial Multicompetente Primera Civil de Santa Elena, en que la parte demandada transfirió los valores ordenados pagarse en sentencia, hace dos meses; se completó la documentación el 18 de junio del 2014 remitiendo la jueza la orden de pago mediante certificado y oficio a dicha institución bancaria estatal, pero hasta la presente fecha funcionarios solo atinan a decir que aún no autoriza el pago un funcionario del banco en Quito y que hay que simplemente esperar.

Es inadmisible, los depósitos judiciales contienen orden de pago inmediata sin condicionamientos ni dilación de naturaleza alguna; una vez ordenado por el juez el pago de un valor ya transferido no tiene por qué tardar su desembolso más de 48 horas.

El dinero no es del banco, tampoco es del Estado, es del accionante, que se lo paga el demandado previas sentencia ejecutoriada y orden del juez competente; nada tiene que hacer un funcionario de banco en Quito con autorizar un pago.

La modernización y la descentralización de las instituciones del Estado que se publicitan no han llegado por el Banco de Fomento, al menos de Santa Elena.

Queda entonces que encontrar una fórmula de agilizar al banco o buscar otra entidad bancaria estatal en la que se efectúen los depósitos y haga el posterior pago al beneficiario, que a los usuarios nos liberen del tortuguismo y centralismo que permanecen enquistados.

Fernando José Boloña Lemos, abogado, Salinas, Santa Elena