Discrepar razonadamente acerca de aspectos diversos de una realidad global no es irrespetar a las personas. Por el contrario, ignorarlas puede significar menosprecio a esas mismas personas, con las que se discrepa.

En el artículo del 17 de junio pasado acerca de la adopción de niños por homosexuales expresé mi respeto a personas homosexuales y lesbianas. Ya antes lo había expresado ante la Asamblea Constituyente –esa vez– en nombre de la Conferencia Episcopal, al afirmar que el Derecho Civil ampara sus uniones. La discrepancia es doble: una consiste en identificar esta unión con el matrimonio, dándole el mismo nombre con el que se conoce la unión entre personas de diverso sexo. Otra, en el pretendido “derecho” de homosexuales a adoptar a niños.

Por el mismo respeto recurrí a expertos para informarme acerca de esta materia que tiene una importancia radical en el presente y en futuro de la humanidad. En el mencionado artículo comuniqué a lectores de EL UNIVERSO conclusiones de estudios de humanistas, antropólogos, psicólogos acerca de la adopción por parejas homosexuales. De acuerdo a las conclusiones de la generalidad de estos estudios, algunos niños (pocos) sí se benefician, al ser adoptados por esas parejas homosexuales, cuya unión dura al menos 5 años. La mayoría de estas uniones duran poco.

Hay un lobby poderoso, nacional e internacionalmente, para lograr (1) la anotada identificación de estas uniones con matrimonio y para lograr (2) la identificación del derecho de los niños a ser adoptados con un supuesto derecho de parejas homosexuales a adoptar a niños. Es atractivo el intento de fundamentar en los millones de niños sin padre ni madre un supuesto derecho de parejas homosexuales a adoptar a esos niños. No hay adoptantes con derecho a adoptar. Los niños son el sujeto del derecho de ser adoptados por padres en condiciones de darles, al menos, los bienes, que acaba de precisar el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en la siguiente resolución en favor de la familia: “Reconocemos a la familia, como el núcleo natural y fundamental de la sociedad; (la familia) tiene derecho a la protección por parte de la sociedad y del Estado… La familia tiene la responsabilidad primaria de nutrir y proteger a los niños… para el desarrollo completo y armonioso de su personalidad. Los niños deben crecer en un ambiente familiar y en una atmósfera de felicidad, amor y entendimiento”. El presidente de Ecuador, economista Rafael Correa, el 30 de mayo de este año, manifestó estar de acuerdo con esta resolución.

Personas homosexuales, más allá de estar protegidas por el Derecho Civil, se sienten marginadas, si no se les reconocen (1) su unión como matrimonio y el (2) “derecho” de adoptar. Dos reflexiones: 1ª. Todos los derechos están inseparablemente unidos a los deberes en la sociedad. No asignar derechos a las personas que no estén en posibilidad de atender los deberes correspondientes no implica marginación. 2ª. Identificar unión de homosexuales con matrimonio perturba el significado universal de familia, sin añadir a esta unión nada objetivo.