El conjuez de la Corte Nacional, Édgar Flores, negó este miércoles el recurso de ampliación y aclaración interpuesto a la resolución con la que se rechazó la recusación contra el juez Miguel Jurado presentada por la defensa del vicepresidente de la República, Jorge Glas, dentro del delito de asociación ilícita por el caso Odebrecht.

Con la resolución, la decisión adoptada por Flores en audiencia pública el pasado 25 de octubre se encuentra ejecutoriada.

Según la providencia del conjuez, la parte actora, es decir, la defensa del vicepresidente sin funciones, debía al menos indicar cuál de los requisitos del artículo 95 del Código Orgánico General de Procesos (Cogep) que estima no cumple la sentencia emitida, señalar el razonamiento que considera oscuro e indicar con precisión cuál de sus pretensiones no fue atendida por el juzgador.

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"Esta disposición no ha sido respetada por el compareciente (Jorge Glas), pues de manera general y lacónica se queja de que “la decisión no cumple con los requisitos contemplados en el artículo 95 del Cogep, siendo oscura en su contenido, y no se han resuelto todas las pretensiones que alegué en mi demanda”, explica Flores en su resolución.

La defensa de Glas, Eduardo Franco, dijo desconocer esta decisión del conjuez. De todas formas lo que  le preocupa -según indicó- es que no se haya definido aún fecha para la audiencia preparatoria de juicio, pues según él el recurso que interpuso contra el juez Jurado en nada afectaba al desarrollo del juicio principal por asociación ilícita.

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El 1 de octubre pasado se cerró la instrucción fiscal por el delito de asociación ilícita, el cual se desprendería de hechos de corrupción cometidos por la constructora Odebrecht en Ecuador. Jorge Glas, su tío Ricardo Rivera, y el excontralor Carlos Pólit hacen parte de la lista de 18 personas procesadas en esta causa. (I)