Poco más de dos horas le tomó esta tarde al tribunal de apelación de la Corte Provincial de Pichincha, integrado por Narcisa Pacheco, Patricio Baca y Leonardo Barriga, el aceptar de manera unánime el recurso de apelación a la prisión preventiva que existía contra el empresario Juan Pablo E. y el representante comercial Daniel B., ambos procesados por el supuesto delito de captación ilegal de dinero que se habría dado a partir del Sai Bank, entidad bancaria que estaría relacionada a la trama de corrupción de Odebrecht en Ecuador.

Los apelantes, a través de sus abogados Juan Pablo Torres, por Juan Pablo E.; y Teodoro Coronel, por Diego B., señalaron al tribunal que la medida cautelar no fue fundamentada, que no se justificaron los requisitos para la prisión preventiva y, además, que no existe hasta el momento un elemento contundente que los vincule al delito que se persigue.

"La orden de prisión preventiva que se dio contra Juan Pablo E. se basó en mentiras y elucubraciones", dijo Torres en su intervención.

Publicidad

Diana Salazar, la fiscal del caso, respondió a esas alegaciones y dijo que la situación de ambos procesados no ha variado desde el día en que se les ordenó la prisión preventiva, sino que, al contrario, en este tiempo de instrucción fiscal se han recabado elementos que agravan el panorama jurídico de los sospechosos.

Según la investigación de Fiscalía, el Sai Bank habría facilitado que los intermediarios de Odebrecht tengan la posibilidad de "disponer de efectivo en Ecuador, sin levantar alertas, facilitando de esta manera el pago de dinero ilícito a funcionarios públicos".

Pacheco, como juez ponente, explicó que la decisión se toma porque no se ha cumplió con el numeral 3 del artículo 534 del Código Orgánico Integral Penal, es decir, no se han probado que los indicios de los cuales se desprenda que las medidas cautelares no privativas de libertad son insuficientes y que es necesaria la prisión preventiva para asegurar la presencia del procesado en el juicio o el cumplimiento de la pena.

Publicidad

Con la resolución judicial, en lugar de la prisión preventiva que pesaba contra Daniel B., desde el 25 de agosto último, y contra Juan Pablo E., desde el 12 de septiembre pasado, estos procesados tendrán prohibición de salida del país, la presentación periódica cada 15 días ante la fiscal Salazar y deberán usar un dispositivo electrónico de seguridad.

Se mantiene la orden de prisión preventiva contra los exfuncionarios del Sai Bank, María A. y Juan S., quienes figuran en el expediente como firmas autorizadas de una cuenta en el Banco Capital relacionada con el caso en la que se registra ingresos, entre 2012 y 2017, de más de $ 153 millones y egresos por más de $ 146 millones.

Publicidad

Salazar aclaró que para Fiscalía no era suficiente ninguna medida alternativa a la prisión preventiva para garantizar la presencia de los investigados al proceso.

Insistió la fiscal que siguen vigentes los elementos de convicción que revelan una captación irregular de más de $ 150 millones bajo tres modalidades: la captación ilegal de dinero relacionados a los actos de corrupción de Odebrecht, la compra y venta de cartera y los créditos entre las empresas del mismo grupo.

Para la defensa de Juan Pablo E. la orden de libertad ratifica la claridad y transparencia de los actos de su cliente. Torres señaló que las medidas cautelares deben ser solicitadas por Fiscalía con ciertos criterios, los cuales, según él, en este caso no han existido. "Esa no es la forma en la que Fiscalía debe llevar la instrucción fiscal", apuntó.

La primera presentación periódica de los procesados beneficiados con el cambio de medida cautelar deberá ser el 27 de octubre próximo. Juan Pablo E., quien se encuentra en Estados Unidos, tendrá un plazo de ocho días (hasta el 27 de octubre) para acercarse hasta el Ministerio de Justicia para la colocación del dispositivo de vigilancia electrónica. (I)

Publicidad