Una comisión integrada por siete delegados de entidades del Ejecutivo (Ministerios del Interior, de Defensa, de Justicia, Secretaría Técnica de Drogas, Agencia Nacional de Tránsito, Instituto Nacional de Estadística y Censos y Sistema Integrado de Seguridad Ecu-911), más dos representantes de la Función Judicial (Consejo de la Judicatura y Fiscalía General del Estado) decide la metodología para cuantificar los delitos.

Así, por ejemplo, en una resolución del 30 de marzo pasado, la denominada Subcomisión Técnica de Validación de la Comisión Especial de Estadísticas de Seguridad Ciudadana y Justicia aprobó la metodología para calcular la tasa de homicidio intencional por cada cien mil habitantes del país.

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Esta establece que para el cálculo se sumará el número de asesinatos, femicidios, casos de sicariato, homicidio, homicidio culposo, ejecución extrajudicial, y si se causa la muerte de la víctima por lo siguiente: secuestro extorsivo, abandono de la persona, violación, acto de odio, robo, abigeato, extralimitación en la ejecución de un acto de servicio y terrorismo. Todo según las definiciones y circunstancias tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal.

El documento incluye la ficha metodológica que indica que el resultado anual (base de datos cerrada del año anterior) será entregado por el Ministerio del Interior en febrero del año siguiente.

De hecho, la Fiscalía informó a este Diario que el Ministerio del Interior es el encargado, por ejemplo, de manejar y difundir las cifras de homicidios.

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En la resolución se argumenta que la idea era levantar las cifras que reflejen “la situación real del sector de seguridad y justicia” con fines de comparación nacional e internacional.

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Para la tasa de robos se resolvió, el 17 de febrero, que se calcule de forma desagregada con la inclusión de robo a personas, a unidades económicas, domicilios, de motos, de vehículos, de bienes, accesorios y autopartes y violación sexual.(I)