Ricardo y Margarita Barzola son exdocentes jubilados para quienes el pago del incentivo por retiro voluntario depende de distintos procedimientos que norman su entrega.

Si bien la disposición transitoria vigésimo primera de la Constitución vigente dice que para estimular el retiro de los docentes se pagará una compensación que relacione la edad y el número de años de trabajo; y que el monto máximo será de 150 salarios básicos ($ 30.300 en 2008) y de 5 sueldos mínimos por año de servicios, también establece que “la ley regulará los procedimientos y métodos de cálculo”.

La vigencia de esta norma, desde el 20 de octubre de 2008, ha implicado, en la práctica, la aplicación de condiciones diferenciadas según el momento en que los maestros se retiran, dicen los jubilados y sus dirigentes.

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En un primer grupo están los que se jubilaron entre la vigencia de la actual Constitución –en octubre del 2008– hasta el 6 de octubre de 2010 cuando se expidió la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep). A los de este grupo se les pagó según una tabla establecida vía decreto por el entonces presidente Rafael Correa, en junio de 2008.

El problema para los que se jubilaron en este periodo es que los montos de dicha tabla no está acorde a los términos de la norma constitucional que establecía un tope de $ 30.300 en 2008. La mayoría recibieron $ 12.000 como Ricardo, quien falleció hace 4 años por cáncer en los pulmones. Él se jubiló en 2009 tras trabajar 35 años.

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Su hermana Martha, nombre encubierto por su pedido, dice que le sobreviven tres hermanos incluida ella que serían sus herederos, debido a que el docente no se casó, ni tuvo hijos.

“Quedamos endeudados con las farmacias porque no quiso atenderse en el IESS. Los tres hermanos estamos desempleados, uno tiene una discapacidad del 70%. Deben completarle el pago”, indica la familiar, de 62 años, en la reunión de la Coordinadora de Jubilados realizada el miércoles pasado en el centro de Guayaquil.

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El Ministerio de Educación respondió vía email a este Diario que la Coordinación General de Asesoría Jurídica de esa cartera de estado, dentro del ámbito de su competencia, “es del criterio que el reclamo presentado por exdocentes jubilados en los años 2008, 2009 y 2010, para que se les reconozca valores no contemplados... carece de sustento legal”. Y que la entidad “ha iniciado y ejecutado los procesos de jubilación en base a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, cancelando la compensación económica por jubilación dentro de los límites máximos permitidos considerando la edad y tiempo de servicio, procesos a los que en forma voluntaria se han acogido los reclamantes”.

Incluso, un memorando del Ministerio de Educación con fecha del 12 de mayo pasado indica, en referencia a estos reclamos, que la tabla se aplicó “en observancia” a la Constitución, ya que los valores están dentro del parámetro constitucional establecido. Pero Alfonso Yánez, presidente de la Coordinadora de Maestros Jubilados, difiere: “Es imposible que esté acorde, el decreto se emitió cuatro meses antes de la vigencia de la Constitución”.

Según cifras de la Coordinadora de Maestros Jubilados, en este primer grupo están alrededor de ocho mil maestros.

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En un segundo grupo están los retirados desde la vigencia de la Losep hasta la emisión del acuerdo ministerial 100, en abril del 2016. Y en un tercer grupo, los que cesaron a partir de este último acuerdo.

Yánez dice que un grupo de maestros sí han recibido el incentivo desde la vigencia de la Losep ya sea con bonos o en efectivo: “En 2011 se pagó, en 2012 se suspendieron las jubilaciones y se reabrieron en 2013 hasta mayo del 2014, que se pagó en bonos a cinco y diez años plazo”. Esto último, agrega Yánez, generó un perjuicio debido a que, por los gastos de salud: “algunos de los maestros los vendieron con pérdidas del 25% al 30%, que representa un margen de $ 6.000 a $ 10.000”.

Y desde mayo del 2014, unos 16 mil maestros jubilados no han recibido la compensación, acota Yánez. Entre los impagos está Barzola, de 61 años, quien vive en el cantón El Guabo, en El Oro. Ella se jubiló en octubre del 2016 y cobra la pensión mensual como jubilada del IESS, pero aún no recibe el incentivo: “Se fue (el presidente Rafael) Correa y no nos dejó pagando”, dice.

El ministro de Trabajo, Raúl Ledesma, reconoció el 28 de junio pasado que el Gobierno adeuda unos $ 1.123 millones a jubilados del sector público por concepto de los incentivos para el retiro. Es un problema, aseveró, que se arrastra desde 2010 y se intensificó en 2015.

Juan Cervantes, dirigente de los jubilados, dice que según esas declaraciones, el Gobierno actual no tiene previsto completar el pago por incentivo jubilar a los retirados entre 2008 y 2010. Los reclamos de los maestros se retomaron el jueves en Quito. (I)

1991, marzo
Mediante decreto ejecutivo se expide el reglamento general a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio que en el numeral 2 del art. 115 indica que a los maestros que se acojan a la jubilación se les otorgará una “bonificación económica equivalente a cinco sueldos básicos del magisterio...”.

2006, junio
El entonces presidente de la República, Alfredo Palacio, reforma, vía decreto ejecutivo, el numeral 2 del art. 115 y dispone que la bonificación económica sea de $ 12.000.

2008, enero
El Mandato Constituyente Dos determinó el pago de 7 salarios básicos unificados del trabajador por cada año de servicio con un máximo de 210 salarios ($ 42.420) como bonificación por el retiro voluntario de los docentes y del resto de servidores públicos.

2008, junio
Vía decreto, el presidente de ese entonces, Rafael Correa, reforma el numeral 2 del art. 115 y establece que la bonificación se dará acorde a una tabla de “valores de estímulos a la jubilación según edad y años de servicio en el magisterio” en 2008, 2009 y 2010. El valor predominante que se dio a cada uno de los maestros jubilados, en esos tres años, fue de $ 12.000. Según la tabla, quienes se retiraron en 2008 con más de 80 años de edad y más de 40 años de servicio recibirían el valor máximo de $ 24.000, monto que se va reduciendo de forma progresiva hasta llegar al valor fijado en $ 12.000.

2008, octubre
Entra en vigencia la Constitución que en la disposición transitoria vigésimo primera dispone que “el Estado estimulará la jubilación de las docentes y los docentes del sector público, mediante el pago de una compensación variable que relacione edad y años de servicio. El monto máximo será de ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado ($ 30.300), y de cinco salarios básicos... por año de servicios. La ley regulará los procedimientos y métodos de cálculo".

2010, octubre
Se expide la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep) que establece como estímulo para la jubilación de todos los servidores públicos una compensación de cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por cada año de servicio contados a partir del quinto año y hasta un monto máximo de 150 salarios básicos ($ 36.000), los que se pueden pagar con bonos.

2016, abril
El acuerdo ministerial 100 establece prioridades de pago para los que tengan más de 70 años o que el IESS registre que padezcan una enfermedad catastrófica o invalidez.

2017, julio
El decreto emitido por el actual Gobierno de Lenín Moreno reforma el art. 289 del Reglamento General a la Losep al indicar que la estimulación para jubilación se podrá pagar con bonos en caso de no contar con los recursos sin excepciones. Estos papeles tendrán un interés y plazos preferenciales y podrán ser negociados libremente.

Estamos de acuerdo con el presidente Lenín Moreno que dice que no le han dejado la mesa servida, le han dejado la mesa desbaratada”.Alfonso Yánez, Coordinadora de jubilados

Testimonios

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