Como "una denuncia disparatada", y que se la califique por su "temeridad", pidió este miércoles la defensa de la cadena Ortel, de Televicentro, a la Superintendencia de Comunicación (Supercom), la denuncia que por "censura previa" planteó el denominado Observatorio por una comunicación de calidad en contra de siete medios de comunicación.

La queja es porque no se publicó un contenido de la revista Página 12, sobre el candidato a la presidencia de la República Guillermo Lasso, en que se lo acusa de supuestamente haberse enriquecido a través de 49 empresas offshore.

Empieza audiencia contra canal Televicentro por denuncia de Observatorio por una comunicación de calidad @eluniversocom pic.twitter.com/kaBqvSXhwe

El abogado de Ortel, Carlos Larco, dijo que la denuncia es "disparatada" y es "gravísima", y pidió al Observatorio que presente pruebas, de acuerdo con los requisitos que establece la ley de Comunicación en su artículo 18.

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"No somos pasquines, somos medios serios. No vamos a hacer eco del contenido de esa información. No nos haremos eco de pasquines en contra de nadie", sentenció Larco. 

"Si no estamos seguros de la información no vamos a reproducir, mientras no sea verificado por nosotros", agregó la defensa.

Denunciante

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La integrante y representante del grupo denunciante, Viviana Paredes, respondió -durante la audiencia- que la prueba de que hubo censura previa es que no se publicó la noticia.

"Se afectó el derecho al sufragio por omitir la denuncia", dijo Paredes, e insistió en que los medios denunciados debían "cubrir y difundir" el contenido de Página 12.

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La denunciante enfatizó en su exposición que la información era de "relevancia pública", y solicitó a la Supercom que sancionen a Televicentro por censura previa "porque demostramos hasta la saciedad el incumplimiento del artículo".

Para hoy

Este día se realizarán diligencias, por la misma acusación, en contra de diario EL UNIVERSO y de Ecuavisa. Mañana continuarán con diario Expreso y Teleamazonas.

La Superintendencia tiene cinco días para emitir su resolución y dos para notificar. En el caso de aplicar sanción por censura previa, la multa es de diez salarios básicos. (I)

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