Los resultados de los últimos comicios podrían ser una ‘alerta’ para algunas agrupaciones políticas, pues si quieren mantener su vida jurídica deberán superar su actual votación en el proceso electoral del 2019.

El artículo 327 del Código de la Democracia establece, en su inciso tres, varias causales para que un “partido político” pierda su inscripción.

Una de ellas es no haber obtenido “al menos tres representantes en la Asamblea”.

Publicidad

Esa es la realidad que atraviesa la mayoría de las ocho organizaciones ‘nuevas’ que participaron en las elecciones del pasado domingo, si bien el Consejo Nacional Electoral (CNE) todavía no adjudica escaños de manera oficial.

La norma señala otros factores para perder el registro: no haber logrado el 4% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a nivel nacional o “al menos” 8% de las alcaldías o “por lo menos” un concejal en el 10% de los cantones en el país.

Por eso, el matemático Germán Rojas concluyó: “Lo que pase ahora no importaría porque habría que ver qué pasa en la siguiente elección”.

Publicidad

El exvocal del CNE Fausto Camacho coincidió e indicó que una agrupación política podría no haber alcanzado ni un asambleísta en esta contienda, pero sí obtener una mayor votación en las elecciones del 2019, o el mínimo de dignidades indicadas en el artículo 327 de la Ley.

Algunos grupos, como el extinto Ruptura, han cuestionado el referido apartado legal, pues alude a los “partidos políticos”, no a los movimientos.

Publicidad

Bajo la aplicación de tal inciso ya perdieron su personería jurídica los antecesores de Unidad Popular, Izquierda Democrática, Fuerza Ecuador, Adelante Ecuatoriano Adelante y Concertación, que terciaron el domingo pasado. (I)