La ubicación del millón y medio de dólares en láminas de oro que Julio N. habría sustraído de un camión de traslado de valores, en Nueva York, es incierta. Transcurridos casi dos meses del robo, que fue grabado por cámaras de seguridad, él fue detenido en Guayaquil.

Julio N., de 53 años, caminaba el jueves 19 por la ciudadela La Garzota, en el norte de Guayaquil, con destino a un gimnasio cuando fue interceptado por agentes de la Subdirección de Investigación de Delitos Contra la Propiedad Brigada Anti Criminal (Siprobac).

La madrugada de ayer se realizó la audiencia de formulación de cargos en contra del ecuatoriano, que era buscado por la justicia estadounidense.

Publicidad

El juez Luis Tapia dispuso la prisión preventiva y ordenó la apertura de la etapa de instrucción, por 90 días.

En la diligencia, Julio N. se acogió al derecho del silencio, indicó su abogado Fabrizio García Bacigalupo, quien calificó como “ilegal” esta detención porque, según él, se habrían violentado garantías básicas del debido proceso. Anunció que en su momento pedirá la nulidad de lo actuado.

Expediente
“La investigación parte de un expediente con más de 400 páginas en idioma inglés, no traducidas, por lo que él no se ha podido enterar a profundidad de lo que se está investigando”, detalló el jurista.

Publicidad

Ante la pregunta de que si Julio N. estaba en Estados Unidos en noviembre pasado, cuando ocurrió el hurto de las láminas de oro, García contestó que el procesado tiene impedido de ingresar a ese país desde el 2008.

Julio N. registra dos detenciones en Ecuador, en 1984 y 1986, informó el jefe operativo de la Brigada Anticriminal de la Policía, Luis Carrión.

Publicidad

Se presume que después de su última aprehensión migró, de forma ilegal, a la nación del norte. En este país, según informó el diario The New York Times, el hombre ha sido deportado en cuatro ocasiones de Estados Unidos, y mantiene un historial delictivo por el que se registran siete arrestos. (I)

Más detalles
Investigación

Cooperación policial
En noviembre pasado se generó el contacto entre la Policía de EE.UU. y de Ecuador para buscar al acusado.

Judicialización
El numeral 6 del artículo 404 del Código Penal, de Ecuador, dispone que cuando la infracción se comete en territorio extranjero, la persona procesada será juzgada por la o el juzgador de la circunscripción territorial en la que es aprehendida (...).

Publicidad