A partir del 20 o 21 de enero, los clientes de bancos que quieran usar dinero electrónico podrían pedir a cualquiera de sus entidades financieras que se les aperture una cuenta con este tipo de dinero o que se realicen transacciones de dinero de sus cuentas a su monedero electrónico vía celular. Esto, porque continúan vigentes las medidas preventivas emitidas el pasado 13 de diciembre por parte de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado.

Es que ayer el juez Germán Grandes negó la acción de protección que había solicitado la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), en contra de las medidas.

El juez decidió negar el pedido argumentando que Asobanca no agotó las instancias administrativa ni judicial, en este caso, requisitos previos para poder acudir a la vía de la acción de protección.

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La Superintendencia había dado 30 días de plazo para que la banca dé las facilidades a los clientes para la apertura de cuentas y uso de e-dinero en el caso de que así lo requieran los clientes.

Frente al fallo, ayer el presidente de Asobanca, Julio José Prado, informó que la entidad “continuará haciendo uso de los recursos legales a su disposición para hacer valer sus derechos y se abstendrá de pronunciarse sobre el fondo del litigio, hasta que el proceso legal haya concluido”. Además se conoció que la sentencia será apelada ante una Corte Provincial.

Asobanca ha considerado que dichas medidas violentan derechos a la defensa, a la libertad de expresión y al debido proceso. Han explicado que no fueron debidamente notificados, ni han tenido acceso al informe que sustenta las medidas preventivas del órgano de control. Además han sostenido que la Junta de Regulación de la Política Monetaria y Financiera ha dejado claro que el organismo encargado de dictar política económica es la propia Junta y no la Superintendencia.

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Sin embargo, en declaraciones anteriores, dicha Superintendencia ha indicado que no ha violentado el debido proceso, ni está afectando la libertad de expresión porque no se les ha prohibido opinar, sino que se les ha solicitado no denigrar al dinero electrónico.

La sentencia del juez Grandes es la tercera respuesta negativa que se da en contra de la banca. Anteriormente tanto Banco Guayaquil como Banco Bolivariano, de manera particular, habían pedido también acción de protección por el mismo tema, pero igualmente les fue negado. (I)