La superintendente de Compañías, Suad Manssur Villagrán, resolvió suprimir todas las doctrinas jurídicas que hayan sido emitidas por ese organismo. Así consta en el Registro Oficial del viernes pasado.

La resolución, que deroga otra resolución de agosto de 1997, indica que las dudas que se suscitaren en el ejercicio de la facultad de vigilancia y control serán resueltas puntualmente para cada caso, “en estricta aplicación de la Constitución, la ley y los principios generales de derecho”.

Según los considerandos, hace algunos años los titulares de esta Superintendencia emitieron varios criterios de interpretación doctrinal respecto de ciertos pasajes de la Ley de Compañías, que consideraron oscuros o incompletos y que se registraron institucionalmente con el nombre de “doctrinas jurídicas”, que estaban en vigor desde agosto de 1997.

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Hace alusión al artículo 425 de la Constitución que señala el orden jerárquico de aplicación de normas, “dentro del cual no constan los criterios doctrinales que publiquen las instituciones del Estado”.

Además se señala que “sin desconocer el valioso aporte de las precitadas doctrinas jurídicas al desarrollo del derecho societario ecuatoriano, es menester puntualizar que estas carecen de naturaleza normativa”. Se agrega que “muchos de los criterios jurídicos vertidos en ellas han perdido relevancia en la actualidad”.(I)