El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) será el que resuelva la aplicación exacta del artículo 108 del Código de la Democracia en el caso que involucra al candidato a asambleísta y exmiembro del Consejo de Participación Ciudadana, David Rosero, acusado del delito de ataque y resistencia.

La decisión fue adoptada por el juez Marco Maldonado de la Corte Nacional de Justicia, en una audiencia realizada el viernes pasado.

En mayo del 2015, cuando se intervino el Fondo de Cesantía del Magisterio en Ibarra, hubo enfrentamientos con quienes rechazaban la medida. Fueron detenidos docentes y Rosero y se los acusó, a él y dos personas más, de ataque y resistencia.

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Su abogado, Ciro Guzmán, argumenta que es un candidato ya inscrito, por lo que el Código de la Democracia impide que el proceso en su contra avance. El artículo 108 en su tercer párrafo señala que los candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo casos de delito flagrante, sexuales, violencia de género e intrafamiliar.

Para el fiscal general, Galo Chiriboga, el proceso debe avanzar porque es un delito flagrante, y tomando en cuenta que la audiencia fue convocada mucho antes de que Rosero estuviera inscrito como candidato. Esta es la tercera convocatoria a audiencia de dictamen.

Ante el debate jurídico, el juez Maldonado decidió pedir que revisara esta parte del caso el Tribunal Electoral y así se defina qué procede.

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Rosero calificó de persecución política la reactivación del juicio. Para él, no es una coincidencia que el proceso se retome más de un año después que sucedió el supuesto hecho del que se lo acusa y en momentos que es candidato a asambleísta por la provincia de Imbabura, por la Unidad Popular. (I)