La Unión Europea (UE), a través de su Diario Oficial, registró en la edición de este sábado (L356) en una publicación legislativa el protocolo de adhesión de Ecuador al acuerdo multipartes, que ya incluía a Colombia y Perú.

La publicación explica en ocho considerandos del Consejo de la UE los antecedentes y principales sucesos dentro del proceso de firma del tratado, ocurrida el 11 de noviembre pasado, y su posterior ratificación por parte del Parlamento. Y muestra cuatro artículos con la decisión adoptada por parte del órgano europeo.

El primer artículo señala que se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Protocolo de adhesión del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Ecuador, a reserva de la celebración de dicho protocolo y se adjunta el texto íntegro del protocolo de adhesión.

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Además, en el artículo 3 de la publicación se especifica que la UE adoptará de forma provisional las aplicaciones del acuerdo “hasta tanto terminen los procedimientos necesarios para su celebración”.

En el último artículo se establece que “el Protocolo no se interpretará en el sentido de conceder derechos o imponer obligaciones que puedan invocarse directamente ante los tribunales de la Unión o de los Estados miembros”.

Mientras que en Ecuador, en las Ediciones Especiales del Registro Oficial 807 y 808 se publicó el Protocolo de Adhesión del país al Acuerdo Comercial de los países miembros de la Unión Europea con Colombia y Perú, así como el texto íntegro del Acuerdo Comercial con la Unión Europea, informó el viernes pasado el Ministerio de Comercio Exterior.

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Esta cartera recomendó que ambos documentos deben ser leídos de forma conjunta pues el Protocolo, además de contener los anexos negociados exclusivamente entre Ecuador y el bloque, modifica el contenido normativo del Acuerdo con precisiones que se emplean solo para nuestro país.

En general, unas 2.565 partidas arancelarias conforman el conjunto negociado. De estas, 69,6 % entrarían con 0 arancel desde el 1 de enero de 2017 y 3,6% se excluyen, es decir, no tendrían desgravación. (I)