El ministerio de Comercio Exterior aseguró que el ingreso de productos lácteos al país, por el Acuerdo Comercial Multipartes con la Unión Europea, no afectará la producción nacional. Así se afirmó en un comunicado frente a las críticas de sectores que se oponen a su ratificación.

"La leche líquida quedó excluida del proceso de reducción arancelaria. Esto significa que el Ecuador no se comprometió a reducir sus aranceles para la leche líquida en el Acuerdo", indicó la secretaría de Estado.

"La leche en polvo, el lactosuero, el suero de mantequilla y los productos lácteos acidulados o fermentados tienen un cupo anual de 400 TM (toneladas métricas) en conjunto, este cupo crece en 20 TM cada año. Fuera del cupo, estos productos deben pagar el mismo arancel que Ecuador cobra al resto de países del mundo, es decir el Arancel de Nación Más Favorecida (NMF). El Ecuador puede incrementar su arancel NMF hasta 72 % para la leche en polvo, de conformidad con sus compromisos en la OMC (Organización Mundial de Comercio)", añadió el ministerio.

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Además, se aclaró que "Ecuador no se comprometió a reducir sus aranceles" para los quesos frescos (incluidos mozzarella, requesón y queso crema).

"Para leche evaporada, condensada y otras con adición de azúcar existe un cupo anual de 600 TM que se incrementará en 30 TM cada año. Fuera del cupo, estas importaciones deben pagar el arancel que Ecuador cobra al resto de países del mundo, el Arancel NMF", explica el comunicado.

El ministerio aclaró que "en el caso de los quesos de pasta azul y quesos con menos del 63 % de humedad (maduros) existe un cupo de 1.000 TM anuales que se incrementará en 50 TM cada año. Las importaciones realizadas más allá del cupo no ingresan con arancel cero sino que están sujetos a un largo calendario de reducción arancelaria que durará 17 años. Para estos productos, sin embargo, Ecuador se reservó el derecho de aplicar una Salvaguardia Especial Agrícola que se activa de manera automática cuando las importaciones desde la UE superan ciertos volúmenes".

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Finalmente, se precisó que "para yogures, pastas lácteas para untar, queso fundido, queso rallado y quesos con más del 63.5 % de humedad existe un cupo de 500 TM que se incrementará en 25 TM cada año. Fuera del cupo, estas importaciones deben pagar el arancel que Ecuador cobra al resto de países del mundo, el Arancel NMF". (I)