Desde este lunes 7 de noviembre está vigente la resolución 029-2016 del Comité de Comercio Exterior (Comex) que permite hasta el 20 de mayo de 2017, la importación de bienes de capital no producidos en Ecuador que sean destinados a procesos productivos o a la prestación de servicios que se realicen en las provincias de Manabí y Esmeraldas, afectadas por el terremoto del pasado 16 de abril.

La cuota global de importación que estableció el Comex es de hasta 100 millones 398 mil dólares FOB (sin costo de flete).

La resolución del Comex, del pasado 20 de octubre, es un complemento de lo resuelto por el Comité de Política Tributaria hace dos meses. Ese comité estableció las normas, condiciones y límites para la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas y Aranceles Aduaneros en esas importaciones tal como lo había determinado la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corrrespondencia Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el terremoto del pasado 16 de abril.

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Existen dos rangos de beneficiarios, el primero: microempresas, y personas naturales (RISE, personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, y personas naturales obligadas a llevar contabilidad). El segundo rango lo componen: pequeñas, medianas y grandes empresas.

Para el primer rango, la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas y de Aranceles Aduaneros es del 20% de los ingresos. Para el segundo, es el 20% de los activos.

"Los contribuyentes que hubieren sufrido una afectación económica directa en sus activos productivos como consecuencia del terremoto del 16 de abril de 2016, que tengan su domicilio en las provincias de Manabí y Esmeraldas, y que requieran beneficiarse de la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas y Aranceles Aduaneros deberán registrarse en el catastro que el Servicio de Rentas Internas creará para tal efecto", especifica en el artículo 3, el Comité de Política Pública.

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Algunos de los bienes de capital que se pueden importar son: proyectores de luz, detectores de humo, electrocardiógrafos, amplificadores, motores, cajas registradoras, reproductores de raza pura, y forman parte de los 614 ítems que no se producen en Ecuador, según un listado gubernamental.

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) se encargará de ejecutar la resolución del Comex. (I)