El Tribunal Supremo español anuló una condena de cinco años de cárcel pronunciada contra un ecuatoriano por mantener relaciones sexuales con una joven de 14 años, justo después de que la edad legal de consentimiento fuera elevada en España a los 16, según la sentencia recibida este viernes por la AFP.

El acusado, de 29 años en el momento de los hechos, inició en la primera mitad de 2015 una “relación sentimental consentida” con la menor Priscila, a la que conoció por Facebook.

Poco después, el 1 de julio de 2015, entró en vigor en España una reforma del Código Penal que elevó el consentimiento sexual de 13 a 16 años.

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Tras ese cambio, “el hombre y la menor mantuvieron dos encuentros con penetración”, lo que le valió al primero, sin antecedentes penales, una condena inicial de cinco años y un día de cárcel por “un delito continuado de abuso sexual.”

Paradójicamente el tribunal de Valladolid (norte) que le condenó admite que hubo “consentimiento libre y espontáneo de Priscila.” E incluso destaca que el comportamiento de la chica es una “expresión de las costumbres de la comunidad ecuatoriana en la que el inicio de las relaciones sexuales es más temprano que en otras culturas, como la española.”

El hombre recurrió la decisión haciendo valer que no podía estar al tanto de la reforma ya que “no está habituado a la lectura de prensa” y “carece de estudios.”

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El Supremo le dio la razón, estimando en su sentencia que “no se podía exigir al acusado el conocimiento” de la reforma legal y teniendo en cuenta que estaba en una relación sentimental, sin intención ninguna de cometer un delito.

El alto tribunal criticó además la decisión inicial, valorando que ésta presupone que todo aquel que mantiene una “relación sentimental fronteriza” está obligado a seguir los boletines oficiales para “descartar que un cambio de política criminal lo haya convertido en delincuente sexual.” (I)