Aunque el extitular del Consejo de Educación Superior (CES), René Ramírez, propuso a la Asamblea que una de las sanciones para las universidades que no acaten la prohibición de lucro sea el descenso de la categoría al inmediato inferior, en el segundo debate del proyecto del Código de Ingenios, el pleno eliminó esta posibilidad.

Las sanciones que quedan son multa de hasta un 10% de los ingresos anuales de la institución, suspensión de la entrega de recursos públicos y pérdida de las exoneraciones y beneficios tributarios hasta por cinco años. En estos casos, el CES podrá pedir a la institución que disminuya o no incremente los aranceles, matrículas y derechos hasta por cinco años.

Otro cambio introducido en el pleno fue la “proporcionalidad” de la sanción respecto a la infracción para instituciones y autoridades. Y la disposición que el CES regule las transferencias de las entidades por suscripciones o membresías a redes internacionales.

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En el debate, Luis Fernando Torres (PSC-Cambio) dijo que lo que se busca es “entorpecer el funcionamiento de las universidades”. “Bajo el pretexto de que no pueden las universidades privadas buscar lucro, se le dan al CES poderes de pesquisa y juez para imponer sanciones sobre infracciones administrativas completamente abiertas”, dijo ante la prohibición de contratar a partes relacionadas o invertir en paraísos fiscales.

Mauro Andino (AP) justificó las sanciones porque escucharon al Servicio de Rentas Internas que universidades, especialmente cinco estaban vinculadas a paraísos fiscales, que sus familiares tenían contratos con las universidades. “Se convertía en un negocio redondo”.(I)

3 Sanciones
Para las universidades que incumplan con alguna de las disposiciones para prohibir el lucro.

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