Había llegado a la escuela donde estudia en el sector de las calles 20 y Callejón Parra, en el suburbio de la ciudad, y al poco tiempo la maestra de su salón se percató de la expresión de dolor que denotaba el rostro del pequeño de 10 años de edad.

La docente preguntó al niño si le había ocurrido algo, y él respondió con recelo que tenía una dolencia en la espalda.

Durante el diálogo la profesora tocó la espalda del menor y esto le produjo un dolor tal que lo hizo quejarse, indicio que la llevó a levantar la camisa del pequeño y constatar que tenía una quemadura en llagas.

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El hecho, relatado por Carmen Caicedo, agente de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), se registró a las 08:30 del lunes.

La agente del Distrito Portete contó que esa unidad recibió una llamada reservada denunciando el caso, por lo que se movilizaron al centro educativo donde estaba el niño.

Según el relato del menor, dijo Caicedo, la herida habría sido provocada por su progenitora con la plancha, porque supuestamente él se habría puesto equivocadamente el pantalón de uno de sus dos hermanos (11 y 12 años), mientras se alistaba para ir a clases.

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Según la agente, la agresión se produjo en la casa en la que los tres menores vivían con su madre, en la coop. Nigeria de la isla Trinitaria, en el sur.

Caicedo mencionó que a más de la quemadura con la plancha el pequeño tenía evidencias de haber sido castigado con latigazos en el pecho y espalda.

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Habiendo corroborado eso, personal de la Dinapen trasladó al pequeño al hospital Francisco de Icaza Bustamante, donde permanece en observación.

La agente citó que hasta esa casa de salud llegó un médico legista que determinó que el menor sufrió quemaduras de segundo grado que abarcan el 5% de su cuerpo. Por ello, en el informe elaborado por dicho profesional consta que el niño tiene diez días de incapacidad.

El Código Integral Penal (COIP), en su artículo 152, establece como sanción una pena privativa de libertad de dos meses a un año si se produce en la víctima una incapacidad de nueve a treinta días.

Y el artículo 156, sobre el delito de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, fija que esa multa puede aumentarse en un tercio.

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Sin embargo, a la madre del menor se la dejó en libertad el mismo lunes, por la noche, cuando se realizó la audiencia en el distrito Portete.

Álex De Mora, jefe de la Dinapen, Zona 8 (Guayaquil, Durán y Samborondón), citó que eso se dio porque la mujer tiene cuatro meses de embarazo.

“Ella no puede salir del país, y no puede acercarse a los niños”, refirió De Mora.

El menor agredido y sus dos hermanos están bajo el amparo de su abuela materna. (I)