La Corte Suprema de Chile avaló este miércoles el uso de globos de vigilancia por municipios de exclusivos barrios de Santiago, que son denunciados por vecinos que consideran que vulneran el derecho a la privacidad.

En decisión unánime, el máximo tribunal chileno decidió revertir un fallo anterior que suspendió la utilización de los globos aerostáticos -que sostienen cámaras que vigilan un radio de 30 cuadras a la redonda desde 150 metros de altura- instalados en 2015 por las alcaldías de las comunas de Las Condes y Lo Barnechea para combatir la delincuencia.

La corte determinó que los globos son "una herramienta de vigilancia que cumple de manera estricta el objeto que se tuvo para su instalación, que no es otro que vigilar lo que ocurre en la vía pública para avisar a las autoridades policiales sobre un delito o un accidente".

Publicidad

El fallo, no obstante, indica una serie de condiciones para el funcionamiento de estos globos, como delimitar su vigilancia solo a lugares públicos, sin poder tomar imágenes en espacios privados salvo que se constate un delito.

Las grabaciones deberán ser borradas después de 30 días de tomadas y "todo cuidadano" podrá tener acceso a ellas, aunque un funcionario municipal deberá revisar las imágenes para constatar que no se grabaron espacios privados.

Los globos causaron molestia entre algunos vecinos de estos barrios, que demandaron la suspensión de su vigilancia al considerar que vulneraban su derecho a la privacidad.

Publicidad

La tecnología de origen israelí surgió como respuesta ante un aumento en la sensación de inseguridad entre los chilenos, pese a que Chile tiene una de las tasas de homicidios más bajas de América Latina (4,6 asesinatos por cada 100.000 habitantes). (I)