Perú perdió el lunes una apelación en una disputa comercial sobre sus aranceles a importaciones de productos agrícolas, en un caso presentado hace dos años por Guatemala ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La nación andina, una de las que está negociando el pacto de libre comercio Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de Asociación Económica (TPP, por sus siglas en inglés), impone un arancel extra sobre importaciones como productos lácteos, maíz, arroz y azúcar cuando los precios internacionales caen por debajo de cierto nivel, un sistema que Guatemala alegaba que es ilegal bajo las normas comerciales globales.

Un tribunal de la OMC respaldó la queja guatemalteca en noviembre de 2014 y el organismo de apelaciones de la institución ratificó el dictamen el lunes, indicando que Perú debe aplicar sus leyes en conformidad con las de la OMC.

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En Lima, el ministerio de Economía dijo en un comunicado que Perú no comparte las conclusiones y recomendaciones de la OMC.

"Sin embargo, fiel a su compromiso con la normativa (...)realizará el proceso de coordinación interna y de implementación de las recomendaciones dentro de los plazos usuales para este tipo de controversias", informó el ministerio peruano.

Perú es un mercado pequeño para Guatemala, que exporta sobre todo a Estados Unidos y sus vecinos centroamericanos El Salvador y Honduras.

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El azúcar es su principal exportación, equivalente a unos 1.000 millones de dólares anuales, cerca del 10 por ciento de las exportaciones totales.

Perú importó más de 87 millones de dólares desde Guatemala en 2012 -más de la mitad, azúcar-, convirtiéndose en el octavo mayor mercado de exportación para el azúcar y los dulces guatemaltecos.

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No obstante, este total cayó en 2014 a un poco menos de 26 millones de dólares y las importaciones de azúcar significaron menos de 3 millones de dólares.

El "arancel adicional" peruano, en vigor desde 2001, mantiene de forma efectiva los precios mínimos de importación, complicando la competencia con Perú cuando los precios son bajos. Las reglas de la OMC indican que los países miembros no deben proteger a sus propios productores discriminando a los proveedores foráneos.